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El Juez de Garantías, el súper juez

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Por: Freddy Machado

A todos los jueces de garantía y en especial, a Alex Gil pues garantía se escribe con la g de su apellido.

Uno de los cargos más complejos en el sistema penal acusatorio, lo cumple el Juez Penal Municipal con funciones de control de garantías (Juez de Garantías). No sólo porque es un juez de una competencia transversal, en el entendido de que, muy a pesar de ser un juez penal municipal, en el ejercicio de su misión le corresponde asumir asuntos que son de competencia “superior”: conoce en audiencias preliminares de procesos asignados a los juzgados penales del circuito, juzgados penales especializados y hasta casos de los tribunales superiores (sala penal).

Es más, se sabe que el juez de garantías… i) Es un administrador de justicia que cumple turnos extenuantes. Incluso, los fines de semana; ii) Por la dinámica de las audiencias preliminares no tiene tiempo de consultar o apoyarse en sus pares para la toma de sus decisiones y iii) Conoce de casos de reciente ocurrencia, lo que implica una alta carga de emociones y de estrés.

Y, la cereza del pastel es que también resuelven acciones constitucionales…

Desde la perspectiva laboral, es bueno advertir que un importante principio del derecho del trabajo nos enseña que, a mayor carga en el trabajo, mayor debe ser la remuneración o salario para el servidor que asume tal tarea pero, ese es un tema que la judicatura debe revisar y sin embargo, viene haciendo “mutis por el foro”.

El juez de garantías debe conocer de dogmática, de penal especial, de procedimiento penal y al tiempo, de todo lo relacionado con la técnica del sistema penal acusatorio. Además, debe estar actualizado en la jurisprudencia y dominar lo consagrado en los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia en materia de derechos humanos.

Los otros jueces penales también se les exigen esas asignaturas pero, la labor del Juez de Garantías -y por eso lo resaltamos-, es de gran impacto pues prima la inmediatez en su intervención y debe hacerlo con una excelente dinámica y sin mayores dilaciones.

El Juez de Garantías es un juez que debe estar siempre modo scout, es decir, “siempre listos”. Se les llama los “jueces de la investigación” pues atienden los casos en los que se presentan afectaciones de los derechos fundamentales con ocasión de las labores de indagación de la policía judicial.

En realidad, el juez de garantías, al inicio de su jornada desconoce qué asuntos se le asignarán pues son los casos del día a día. A su vez, es consciente que si asume su competencia (inicia un trámite), su deber es finalizar con la tarea asignada.

En ese ejercicio tan complejo, el Juez de Garantías debe echar mano de la ponderación como una herramienta válida para interpretar las tensiones que se presentan con ocasión de las limitaciones de los derechos fundamentales (libertad, dignidad, intimidad e inviolabilidad de domicilios).

El Juez de Garantías es un juez con visión constitucional.

La escuela -las habilidades- que adquiere en la práctica un Juez de Garantías es de un nivel superior. La experiencia que se adquiere en ese ejercicio profesional, hacen del juez que les vengo hablando, un jurista de gran dimensión: con agilidad mental, con solidez argumentativa, de excelente criterio y capaz de direccionar con equilibrio las audiencias preliminares para garantizar a plenitud la igualdad de armas de las partes en este sistema adversarial.

En la Ley 600 de 2000 -y desde siempre en nuestra historia judicial- se aseguraba que “una orden de captura no se le niega a nadie” pues hoy los Jueces de Garantía reivindican que esa máxima haya quedado descontinuada y sin vigencia.

Un fiscal que solicite una medida de aseguramiento está en el deber de argumentar y exhibir los elementos materiales probatorios que fundamentan tal petición. Su deber es convencer que están dados los presupuestos procesales y el Juez de Garantías debe “garantizar” la contradicción.

Y, como constancia final, debo decir que, juzgar a los semejantes -tomar decisiones en materia penal- no es una labor fácil pero resulta más compleja y agotadora, la misión realizada por los Jueces de Garantías. Mucho más admirable es el hecho de ejercer ese rol, cuando el servidor goza del respeto de las partes e intervinientes en el proceso.

Que el Dios de la Justicia bendiga a los Jueces de Garantías -y a su equipo de trabajo- por su loable labor y por sus sabias decisiones.