La Contraloría Distrital de Cartagena de Indias culminó el 11 de abril de 2018, a través de la Dirección Técnica de Auditoría Fiscal, el primer ejercicio auditor del año 2018, en Modalidad Especial, que abarcó puntos específicos relacionados con el trámite de devoluciones y compensaciones por Estampilla Años Dorados y Sobretasa Deportiva, pago de sentencias judiciales con cargo a la nómina de pensionados por el Fondo Territorial de Pensiones de Cartagena-FONPECAR, traslado de recursos entre las Fiduciarias que administran rentas del Distrito, manejo de la Contraprestación Portuaria y seguridad de los datos registrados en los sistemas informáticos de Presupuesto y Contabilidad del Distrito.
En el Informe Final comunicado a la Alcaldía Distrital, y por tal razón en firme, se determinó dos hallazgos disciplinarios y un hallazgo fiscal sobre la gestión de FONPECAR y la Tesorería Distrital, un hallazgo penal sobre la gestión de FONPECAR, y una remisión al Proceso Auditor Regular que se adelanta en Corvivienda. Puntualmente, los hechos que detectó la Contraloría distrital con base en la información que recaudó de la Alcaldía Distrital son los siguientes:
HALLAZGO ADMINISTRATIVO CON ALCANCE DISCIPLINARIO No. 2, al no dar respuesta de Fondo a las solicitudes de devolución con respecto al presunto pago o retención indebida de la estampilla años dorados y sobretasa deportiva, a varias empresas, pues se la Tesorería Distrital ha excedido los términos legales establecidos en el Estatuto Tributario Local y el Estatuto Tributario Nacional, además de no haberse hecho presuntamente la debida entrega del cargo entre Tesoreros salientes y entrantes, efecto de incumplimiento de disposiciones generales, inefectividad en el trabajo y control inadecuado de actividades.
HALLAZGO ADMINISTRATIVO No. 4 CON PRESUNTO ALCANCE FISCAL, DISCIPLINARIO Y PENAL, por presuntos prevaricatos por omisión y acción, fraude procesal y falsedad documental, y presunto incumplimiento a los deberes funcionales, pues se realizaron nuevamente pagos a nombre del Distrito de Cartagena por intermedio de las nóminas de pensionados del Fondo Territorial de Pensiones del Distrito de Cartagena-FONPECAR, correspondientes a los descuentos efectuados en el lapso en que fueron compartidas las pensiones convencional (EPM) y legal (ISS) de diecisiete extrabajadores de las antigüas Empresas Públicas Municipales de Cartagena (luego EPD en liquidación), que son objeto de proceso judicial en trámite, en cuantía de $4.087.720.593 (cuatro mil ochenta y siete millones, setecientos veinte mil, quinientos noventa y tres pesos), según las Resoluciones FONPECAR 8922 de 4 de diciembre de 2017 y 9015 de 6 de diciembre de 2017, expedidas sin competencia, con indebida motivación, contrariando disposiciones de superiores jerárquicos, con cargo a rubros y anualidades diferentes a los establecidos legalmente, pagándose intereses moratorios no contemplados en la sentencia ordinaria ni en liquidación posterior a sentencia alguna, además de causar incertidumbre en las personas receptoras de los pagos habida cuenta del fallecimiento anterior de al menos ocho de los presuntos beneficiarios, teniendo como efecto daño patrimonial al erario del Distrito de Cartagena uso ineficiente de recursos, incremento de costos, incumplimiento de disposiciones generales y gastos indebidos.
HALLAZGO ADMINISTRATIVO SIN ALCANCE No. 1 (a denuncia 01-2018 del señor Jorge Quintana Sosa contra la Tesorería Distrital, referida a la falta de respuesta oportuna a sus solicitudes de devolución de tributos a favor de una empresa a la que representa), donde se constató la legalidad del trámite efectuado por la Tesorería Distrital de una devolución anterior de $46.538.910 (cuarenta y seis millones, quinientos treinta y ocho mil, novecientos diez pesos) al Consorcio Europa VIP 2014, la mora en responder una petición similar presentada posteriormente, pero también la existencia de una deuda de $2.480.145.142 (dos mil cuatrocientos ochenta millones, ciento cuarenta y cinco mil, ciento cuarenta y dos pesos) de dicha empresa a Corvivienda por incumplimiento contractual, que se remitió a cobro judicial, situaciones que se apreciarán en detalle en el proceso auditor regular ante dicha entidad de vivienda que se adelanta en el año 2018.
La Contraloría Distrital de Cartagena hace traslado de los anteriores hallazgos a su Dirección Técnica de Responsabilidad Fiscal, a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación, además de solicitarle a las entidades involucradas la suscripción y presentación de acciones de mejoras en el Plan de Mejoramiento.»