Admiten demanda de gremios de Atlántico y Bolívar contra cobro de valorización nacional
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Las dos organizaciones además presentaron un nuevo argumento ante la Corte Constitucional contra esa contribución señalando que al no tener destinación específica se convierte en un impuesto que grava la propiedad inmueble por lo que NO puede ser administrado ni cobrado por el Gobierno Nacional.
El Consejo de Estado admitió la demanda de acción de nulidad presentada por Intergremial Atlántico y el Consejo Gremial de Bolívar contra las resoluciones 1729 de 2023 y 2615 de 2024 de INVÍAS, mediante las cuales se pretende cobrar la contribución de valorización nacional en la zona de influencia del corredor costero Cartagena – Barranquilla y la Circunvalar de la Prosperidad.
El máximo juez de la administración pública además corrió traslado de la solicitud de medidas cautelares hecha por las dos organizaciones gremiales para que se suspenden los actos administrativos derivados de las citadas resoluciones.
Los vicios de nulidad señalados en dicha demanda, presentada el 9 de julio pasado, se relacionan con:
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Retroactividad del cobro contraviniendo el artículo 363 de la Constitución, que lo prohíbe para las leyes tributarias.
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Inadecuada determinación del beneficio, violando la Ley 1819 de 2016 que exige demostrar un beneficio económico concreto para los inmuebles afectados.
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Deficiencias en la zona de influencia que fue delimitada sin seguir los criterios técnicos establecidos por la normativa.
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Falta de estudios técnicos y socioeconómicos para establecer la capacidad de pago de los contribuyentes.
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Errores en la determinación de la base gravable que se estableció sin descontar ingresos ya generados por peajes, lo que vicia el cálculo del monto distribuible.
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Método de distribución cuestionable que carece de criterios objetivos por basarse en metodologías inapropiadas y no contextualizadas, que no reflejan adecuadamente la capacidad de pago de los contribuyentes.




