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Alcaldía de Cartagena decreta ley seca durante puente festivo

No se permitirá el consumo y venta de alcohol entre las 8 de la noche y 6 de la mañana del día siguiente.

Cartagena de Indias, D.T. y C., 12 de noviembre de 2020. Mediante el Decreto 1428 del 12 de noviembre de 2020, la Alcaldía de Cartagena decretó medidas transitorias de orden público para garantizar la seguridad, la tranquilidad y salubridad pública de los ciudadanos durante este puente festivo.

Restricción en consumo y venta de alcohol

Para este fin de semana estará prohibido el consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en espacios públicos como calles, plazas, parques, plazoletas, espacios y zonas comunes residenciales. La medida aplicará los días sábado 14, domingo 15 y lunes 16 de noviembre de 2020, en el horario comprendido entre las 20:00 horas (8 de la noche) y las 6:00 a.m. del día siguiente.

Así mismo, estará prohibida la venta, distribución y expendio de bebidas embriagantes en todos los tipos de establecimientos de comercio, tales como tiendas de barrio, supermercados, centros comerciales, grandes superficies, salsamentarias, etc., en el mismo horario antes mencionado.

Reuniones y eventos no están permitidos

El Decreto también prohíbe las reuniones sociales en salones de conjuntos cerrados, sitios públicos o centro comerciales, así como los tradicionales recorridos barriales. Igualmente, no se podrán realizar espectáculos públicos o eventos privados, ni hacer uso de artefactos de amplificación sonora, como los Pick Up, desde las 00:00 horas del sábado 14 de noviembre hasta las 6:00 a.m. del martes 17 de noviembre de 2020.

Otras restricciones

A través del Decreto 1428 igualmente se prohíben las siguientes actividades:

– El bloqueo de vías con retenes de particulares y uso de bolsas o globos de agua, espumas y sustancias colorantes, desde el sábado 14 de noviembre hasta el lunes 16 de noviembre de 2020.

– El uso de los disfraces de los capuchones, desde el sábado 14 de noviembre de 2020, hasta el lunes 16 de noviembre de 2020.

– La venta, distribución y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o cualquier artefacto explosivo, desde el sábado 14 de noviembre de 2020 hasta el martes 17 de noviembre de 2020.

– Estacionarse dentro de los 100 metros a la redonda de los establecimientos bancarios, desde las 00:00 horas el sábado 14, hasta el martes 17 de noviembre de 2020 a las 06:00 horas.

Operativos de control

La inspección, control y vigilancia del cumplimiento de estas medidas estará a cargo de los Organismos de Seguridad, Autoridades del Gobierno Distrital y a la Policía Nacional, quienes adelantarán operativos y aplicarán las medidas correctivas a que haya lugar.

Quienes infrinjan las medidas estipuladas en el decreto serás multados y a los establecimientos comerciales se les suspenderá temporalmente la actividad.

¡A Cuidarnos!
Como Administración sabemos que estás fechas tradicionalmente corresponden a la celebración de las Fiestas de la Independencia, sin embargo, dadas las circunstancias que vive la ciudad y el mundo con la pandemia de la COVID-19, resulta importante que todos y todas respetemos las restricciones y sigamos las medidas de autocuidado.

Por eso, los invitamos a permanecer en casa y disfrutar de la agenda académica que tiene programada el Instituto de Patrimonio y Cultura de Cartagena (IPCC) y que será trasmitida a través de Facebook Live.