

Con el propósito de garantizar el orden, la seguridad y la convivencia durante las Fiestas de la Independencia, el Distrito de Cartagena expidió el Decreto 0439 de 2026, mediante el cual se establecen medidas que deberán cumplirse durante la agenda festiva.
Las disposiciones aplican a los eventos oficiales autorizados en espacios públicos y a las actividades que hacen parte de la programación oficial del Instituto de Patrimonio y Cultura de Cartagena (IPCC).
Entre las principales medidas se encuentra la prohibición del porte y consumo de bebidas alcohólicas en envases de vidrio durante el ingreso, desarrollo, evacuación y salida de los eventos. También queda prohibida la venta de alcohol a personas que presenten signos de intoxicación etílica.
El decreto establece, además, la prohibición del consumo de drogas, sustancias psicoactivas, tóxicas o prohibidas no autorizadas. Asimismo, los establecimientos donde se expendan o consuman bebidas alcohólicas, como bares, discotecas, restaurantes, cafés y clubes sociales, tendrán como límite de funcionamiento las 4:00 a. m.
En los sectores donde se desarrollen eventos oficiales, preludios y cabildos autorizados, no podrán realizarse actividades con picós u otros equipos de amplificación sonora, salvo aquellas que cuenten con la autorización correspondiente de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.
Medidas para eventos
Las personas interesadas en realizar eventos públicos o privados deberán tramitar los permisos correspondientes ante la Ventanilla Única de Espectáculos Públicos. Cuando las actividades involucren espacios públicos, vías, baluartes o playas, también deberán gestionarse las autorizaciones ante las entidades competentes, según el caso.
Disposiciones para el Gran Desfile de Independencia
Para el 12 de noviembre se establecieron medidas especiales, entre ellas el cierre parcial de la Avenida Santander para el montaje de palcos y el cierre total de las playas urbanas ubicadas en los sectores de Crespo, Marbella, El Cabrero y Las Tenazas, entre las 6:00 a. m. del 12 de noviembre y las 6:00 a. m. del 13 de noviembre.
También se restringirá el ingreso y circulación de personas en determinados sectores de murallas y baluartes entre las 7:00 a. m. y las 8:00 p. m. del 12 de noviembre.
Además, durante ese periodo estarán restringidos los espectáculos públicos o privados no autorizados que utilicen equipos de sonido en sectores como la Avenida Rafael Núñez, el Cabrero, la Avenida Soledad Román de Núñez y la Avenida Santander.
Pirotecnia y otras conductas prohibidas
El decreto prohíbe hasta el 17 de noviembre la fabricación, porte, transporte, almacenamiento, venta, distribución, manipulación y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o artefactos explosivos en el Distrito. Se exceptúan las demostraciones públicas autorizadas mediante permiso especial.
También quedan prohibidos los llamados “retenes” realizados por particulares para obstaculizar vías y arrojar a personas o vehículos agua, espuma, líquidos o sustancias colorantes sin consentimiento.
Finalmente, se declaró la Alerta Verde en toda la Red Hospitalaria Distrital hasta el 17 de noviembre, con el fin de activar los planes de contingencia y garantizar la atención ante posibles emergencias durante la temporada festiva.
Las autoridades recordaron que el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto 0439 de 2026 podrá generar las sanciones contempladas en la normatividad vigente.