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Complacencia en el Distrito por suspensión de licitación del proyecto de Protección Costera de Cartagena

El director del Departamento Administrativo de Valorización Distrital, Javier Moreno Galvis, se mostró complacido con la suspensión del contrato de Protección Costera de Cartagena por parte de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres, UNGRD.

El funcionario expresó que ante cualquier duda de la ciudadanía en el Proyecto de Protección Costera, el distrito es el primer interesado en que se despeje cualquier inquietud que exista sobre este mismo, y en consecuencia, mira con complacencia el hecho que se hayan suspendido los términos en los procesos de contratación de las obras hasta tanto no se tenga un pronunciamiento de los entes de control sobre la idoneidad de los postulantes, ya que «nosotros trabajamos para el bienestar y la tranquilidad de los cartageneros».

Desde esta dependencia se expidió el siguiente comunicado a propósito de esta decisión:

Cartagena de Indias, D. T. y C. 26 de abril de 2020. – La Alcaldía de Cartagena y el Departamento Administrativo de Valorización Distrital, ante el anuncio de la Unidad Nacional de Riesgos y Desastres de aplazar la licitación del Proyecto de Protección Costera que tendrá lugar en la ciudad de Cartagena, se permite a hacer las siguientes precisiones a la ciudadanía:

De acuerdo con el Convenio No. 9677 PPAL001-257-2018, suscrito entre el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de desastres, representado por Fiduprevisora S.A., y el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, la función de la Alcaldía es la de aunar esfuerzos para realizar las acciones conducentes y necesarias para mitigar y prevenir la erosión costera.

Dentro de los compromisos y obligaciones del Distrito establecidos en el marco de esa función están: «Participar en el proceso de estructuración técnica y dar aval técnico a los documentos que se generen para los procesos de selección y contratación derivados del convenio; brindar el apoyo que requiera el FNGRD, para la verificación técnica de las propuestas presentadas en los procesos de selección y contratación derivados del convenio, entre otros.

Actividades estas que se han cumplido con la elaboración de los anexos técnicos, justificación técnica y demás documentos necesarios para los contratos derivados, mediante múltiples mesas de trabajo entre el Departamento Administrativo de Valorización Distrital (DAVD), como supervisor del convenio No. 9677 PPAL001-257-2018, y el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo y Desastres FNGRD UNGRD, a través de un equipo interdisciplinario constituido por profesionales en las distintas ramas del saber con experiencia en estructuración de proyectos de construcción.

Por otra parte, se aclara que el Plan de Gestión Social está a cargo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo mediante el acuerdo de financiación con FNGRD, el cual se suscribió el 18 de octubre de 2019. Actualmente el PNUD realiza la modificación al instrumento para el censo tipo registro o caracterización a vendedores de playa, de acuerdo con las observaciones y sugerencias encontradas conjuntamente entre el PNUD y la UNGRD.

Así mismo, se afirma que la Formulación del programa de Arqueología preventiva y la realización del plan de manejo arqueológico, estará a cargo de la FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DEL NORTE, cuyo contrato se encuentra en estado de perfeccionamiento por parte de FIDUPREVISORA S.A

Frente a la afirmación de desactualización de los diseños, se informa que la Universidad de Cartagena como diseñador del Proyecto de Protección Costera, mediante oficio IH-CEX-0047-2019 del 1 de Noviembre, avala la vigencia de los diseños con argumentos técnicos relacionados con los parámetros en cuanto a condiciones climáticas utilizados para la modelación aplicada en el diseño, por cuanto estos no varían en el tiempo.

Por último, es importante aclarar que el proceso de selección de interventoría y así mismo el de obra se encuentran suspendidos mediante resolución No. 0267 de 21 de abril de 2020 emitida por la UNGRD, decisión que se tomó en el marco del convenio No. PPAL001-257-2018, teniendo en cuenta las denuncias, alertas, oficios y quejas que se ha tenido durante la etapa de presentación de las propuestas por parte de los oferentes, esto con el fin de garantizar los principios de Ia función administrativa consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política, proteger el ordenamiento jurídico, salvaguardar el patrimonio público, e igualmente, garantizar el derecho fundamental al debido proceso de los participantes en eI presente procedimiento