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Distrito abre convocatoria para entregar en adopción parques y zonas verdes

A partir de hoy, y durante el segundo período del año, la Alcaldía de Cartagena, a través de la Gerencia de Espacio Público y Movilidad, recibirán solicitudes de personas naturales, empresas privadas y organizaciones públicas, interesadas en adoptar un parque o zona verde en el Distrito.

Cartagena de Indias D.T. y C., 28 de julio de 2020.- En esta nueva convocatoria de adopción de parques y zonas verdes, el Gerente de Espacio Público y Movilidad, Ausberto Coneo Caicedo, explica a la ciudadanía cartagenera la importancia de preservar estas áreas.

“Adoptar estos espacios permite contribuir con los cuidados y la preservación del medio ambiente de nuestra ciudad. Además del fortalecimiento de los lazos entre la comunidad y estos pulmones urbanos, que nos permiten luego hacer uso y disfrute de estos espacios verdes”, señaló Ausberto Coneo.

La estrategia de adopción está respaldada bajo el Comité de Parques y Zonas Verdes del Distrito, el cual se crea mediante el Acuerdo 010 del 16 de diciembre de 2013, en donde se tratan temas concernientes a los parques y zonas verdes, y se presentan las diferentes solicitudes de adopción.

Todas las solicitudes de adopción de parques son presentadas a través de este Comité, el cual es presidido por el Alcalde Mayor de Cartagena, William Dau Chamat, quien firma el convenio con el adoptante, y a su vez, la Gerencia de Espacio Público actúa como la secretaría técnica y da el visto bueno.
Las entidades que son miembros del Comité de Parques y Zonas Verdes son: Secretaría de Planeación, Secretaría de Infraestructura, Dirección del EPA, IDER, Oficina Asesora de Servicios Públicos, Alcaldes Locales, Representante del Comité Intergremial, Representante de la Federación de Juntas de Acción comunal, Representantes de las asociaciones de Vecinos de Cartagena (FEDEVECINOS).

Cómo adoptar un parque

Podrán adoptar, tanto personas naturales como personas jurídicas. Estos convenios de adopción tienen una duración de 2 años, a partir de la firma del mismo. Las personas o entidades que se conviertan en adoptantes tienen por beneficios el descuento del 25% de la renta, con respecto a todas las inversiones que hayan realizado en el respectivo año gravable de la adopción, de acuerdo al artículo 103 de la Ley 1819 de 2016.

Documentación requerida

El adoptante debe presentar una solicitud formal donde manifieste su intención de adoptar determinado parque o zona verde. Debe anexar los siguientes documentos:
_Manifestar por escrito cuál es su plan de intervención en el área solicitada en adopción.
_Debe aportar certificado de existencia y representante.
_Copia de la cédula del representante legal.
_RUT.

La anterior información debe ser enviada mediante el correo institucional atencionalciudadano@cartagena.gov.co, único medio habilitado para la recepción de las solicitudes.