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Gobierno coordina operación para activación gradual del servicio de transporte terrestre

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  • Los Alcaldes y Gobernadores, de los lugares de origen y de destino de rutas, podrán solicitar al Ministerio del Interior la autorización para activar gradualmente como pilotos el transporte terrestre.

  • Los pasajeros que se pueden movilizar y utilicen el transporte público terrestre, entre ellos el intermunicipal y especial, deberán cumplir con el protocolo de bioseguridad para el sector transporte.

     Entre las principales obligaciones para los conductores están realizar antes y después de cada recorrido el aseo del vehículo con agua y jabón, y desinfectar con regularidad las superficies de mayor contacto. 

Bogotá D.C., 22 de Julio de 2020. El Decreto 990 de 2020 que amplió el aislamiento preventivo obligatorio, desde el 16 de julio hasta el próximo 1 de agosto, junto con la circular externa emitida por los Ministerios del Interior y de Transporte, señalan a los alcaldes y gobernadores el proceso para activar gradualmente el transporte terrestre y garantizar la movilidad, incluyendo entre otros, el transporte terrestre intermunicipal y especial. Los municipios y departamentos tendrán que ponerse de acuerdo en el origen y destino de la ruta, para luego solicitar al Ministerio del Interior la autorización de la activación gradual.

En este sentido, las administraciones locales de cada uno de los municipios y departamentos deberán atender las solicitudes presentadas por las empresas de servicio público legalmente habilitadas, coordinando que los municipios de origen como de destino de los viajes terrestres puedan movilizarse.

La circular externa reitera a los mandatarios locales, la obligación de hacer cumplir a las empresas de transporte, las medidas de bioseguridad del sector previstas en el protocolo general (Resolución 666 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social), aplicable a todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública y las particulares indicadas en la Resolución 677 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

“El fin de las decisiones adoptadas buscan respaldar el transporte terrestre en el país, y activar gradualmente su actividad, con apoyo de los Alcaldes y Gobernadores; en aplicación y vigilancia de los protocolos de bioseguridad. Seguimos trabajando para que el sector continúe avanzando en la emergencia sanitaria”, afirmó la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco Gómez.

El Centro de Logística y Transporte también orientó a las empresas que prestan el servicio público de transporte terrestre y que tienen habilitación y/o asignación de rutas que se enmarquen en el radio de acción definido, y a los Alcaldes y Gobernadores tener en cuenta el paso a paso establecido para esta activación gradual a través de pilotos, entre ellos que las solicitudes deben ser dirigidas al Ministerio del Interior.

Es fundamental reiterar la importancia de garantizar el cumplimiento de todas las medidas de prevención en terminales, buses e infraestructura asociada a este tipo de transporte y tanto usuarios como empresas deberán cumplir los protocolos de bioseguridad, entre otros: uso obligatorio del tapabocas, constante lavado de los vehículos, evitar aglomeraciones en las terminales de transporte, mantener la distancia de dos metros cuando se están realizando filas de ingreso, así como constante desinfección y aseo a los elementos de contacto como tableros, botones, palanca de cambios, manubrio, pasamanos, puertas, ventanas, sillas e infraestructura, con el único objetivo de prevenir la propagación del Covid 19.

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