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Juez ordena suspender lista de elegibles en Alcaldía de Arjona

El Juzgado Primero Civil del Circuito de Turbaco, Bolívar, admitió una tutela y le ordenó a la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC y la Alcaldía Municipal de Arjona, suspender de manera inmediata los efectos jurídicos de la lista de elegibles conformada dentro del proceso de selección no 1613 de 2021 municipios de 5ta y 56ta categoría, hasta tanto se resuelva de fondo.

La decisión obedece a una acción judicial promovida por varios trabajadores de la alcaldía de esa población, quienes consideran vulnerados sus derechos al debido proceso, al trabajo, a una vida digna, igualdad y confianza legítima.

“La parte demandante ha argumentado que la no suspensión del proceso podría tener un impacto negativo en sus derechos, debido a que sus trabajos son su único sustento y sufren de patologías que requieren atención. Adicional a ello, demuestra haber presentado procesos ordinarios ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales a la fecha no han sido resueltos”, señalan voceros de sindicatos que respaldan a los empleados oficiales.

COMUNICADO DE PRENSA.

 “SINDICATOS DE EMPLEADOS PROVISIONALES DEL DISTRITO DE CARTAGENA RESALTAN LA IMPORTANCIA DE LA MEDIDA PROVISIONAL ORDENADA POR EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE TURBACO BOLIVAR, A FIN DE QUE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC Y LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE ARJONA– BOLÍVAR SUSPENDAN DE MANERA INMEDIATA LOS EFECTOS JURÍDICOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES CONFORMADA DENTRO DEL PROCESO DE SELECCIÓN No 1613 DE 2021 MUNICIPIOS DE 5TA Y 56TA CATEGORÍA

Los presidentes de las organizaciones sindicales SINSERPUPROCAR y SUSPEDECAR, JORGE GALOFRE FLOREZ y REDIN DE HORTA DÍAZ, recibieron como una luz de esperanza la decisión adoptada por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Turbaco Bolívar, a fin de que la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC y la alcaldía municipal de Arjona– Bolívar suspendan de manera inmediata los efectos jurídicos de la lista de elegibles conformada dentro del proceso de selección no 1613 de 2021 municipios de 5ta y 56ta categoría, mediante auto de fecha 20 de febrero de 2024.

Para adoptar la trascendental decisión el Juez Primero Civil del Circuito de Turbaco Bolívar consideró que “la parte demandante ha argumentado que la no suspensión del proceso podría tener un impacto negativo en sus derechos, debido a que sus trabajos son su único sustento y sufren de patologías que requieren atención. Adicional a ello, demuestra haber presentado procesos ordinarios ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales a la fecha no han sido resueltos”.

Los dirigentes sindicales manifestaron que la Comisión Nacional del Servicio Civil y las entidades territoriales han incurrido en una serie de irregularidades que han perjudicado masivamente a los empleados que se presentaron al concurso bajo la convicción de que en dicho procedimiento se respetarían los principios de objetividad, transparencia e igualdad que rigen la institución de la Carrera Administrativa.

Sabemos que finalmente deben ser los jueces de la República los que pueden restablecer nuestros derechos constitucionales fundamentales a participar en un concurso que respete las reglas de juego y este libre de cualquier irregularidad, entre otros, puntualizó Jorge Galofre Flórez.

Por su parte, el dirigente sindical Redín de Horta expresó que la Comisión Nacional de Servicio Civil que debe ser la entidad que garantice los principios de ingreso a la carrera con fundamento en el mérito, se ha convertido en una entidad que no escucha los justos reclamos de los trabajadores e insiste en no reconocer graves irregularidades que se han producido en el marco de la convocatoria a concursos de mérito en Cartagena y otras entidades territoriales, pese a que son cientos de familias las que ven en peligro su sustento por cuenta de la persistencia en los errores. El caso de Arjona es muy similar al que padecen los empleados en provisionalidad del Distrito de Cartagena, añadió Redín de Horta.

Las organizaciones sindicales del Distrito representadas por Jorge Galofre y Redín de Horta, junto con los empleados perjudicados por los concursos, siguen dando una dura batalla para que sean los jueces los que les reconozcan los derechos fundamentales que la CNSC y las entidades del Distrito les niegan incurriendo en abiertas transgresiones de las leyes que regular este tipo de procedimientos.

Atentamente,

JORGE GALOFRE FLOREZ.

Representante legal del SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS PROVISIONALES DE CARTAGENA, BOLIVAR Y COLOMBIA, (SINSERPUPROCAR).

REDIN DE HORTA DÍAZ.

Representante legal del SINDICATO ÚNICO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS (SUSPEDECAR).