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Orden de arresto de 20 días contra alcalde Dau por desacato

El Juzgado Sexto Penal Municipal de Cartagena le impuso al alcalde Mayor William Dau, una de las sanciones más severas desde que está en ese cargo, al sancionarlo con 20 días de arresto y una multa de 20 salarios mínimos legales mensuales, por desacato a una tutela.

La acción judicial fue promovida por el suspendido Alcalde de la Localidad de la Virgen y Turística, Andy Reales, por no dar cumplimiento a un fallo que ordenó reintegrarlo a su cargo.

El demandante consideró que no se ha cumplido con la orden impuesta por esta colegiatura toda vez que no han dado cumplimiento a lo ordenado por la Personería Distrital de Cartagena, mediante auto de fecha 30 de diciembre de 2022 y aduce que a pesar de estar notificada la sentencia, se han seguido vulnerando sus derechos fundamentales.

En razón a ello, el Juez Alfredo Mercado Hernández, negó la solicitud de archivo, rogada por la representante de la alcaldía de Cartagena, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Segundo, declarar al Dr. William Dau en calidad de alcalde de Cartagena, en desacato al fallo de tutela radicado de enero 24 de 2023.

Tercero, sancionar al funcionario responsable William Dau , con orden de arresto de 20 días y multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Cuarto, remitir al superior jerárquico en este caso los jueces penales del circuito de esta cabecera, en el efecto suspensivo la presente actuación, a fin de que surta el grado de consulta establecida en el inciso 2 del artículo 52 del decreto 2591 de 1991.

Sanción contra el alcalde William Dau Chamat no está en firme

Cartagena de Indias D.T y C; 07 de febrero de 2023 La Alcaldía de Cartagena se permite informar a la opinión pública que la decisión proferida por el Juzgado Sexto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías en el marco de una tutela, consistente en multa y 20 días de arresto en contra del alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, no está en firme y debe surtir el grado jurisdiccional de consulta.