Judiciales

Primera judicialización por acceso carnal a un animal se registra en Santander

Primera judicialización por acceso carnal a un animal se registra en Santander
Edwin Lionicio Vélez Cardozo, señalado por la Fiscalía como presunto responsable de los hechos contra la canina ‘Luna’.// Foto Fiscalía General.

La Fiscalía General de la Nación realizó la primera judicialización por el delito de acceso carnal a animal, conducta reglamentada mediante la Ley 2627 de 2026. La actuación se realizó en Santander contra Edwin Lionicio Vélez Cardozo, posible responsable de atacar a una canina llamada ‘Luna’.

De acuerdo con la investigación, ‘Luna’ fue retenida por el señalado agresor el 30 de agosto de 2026, en inmediaciones del barrio Campestre de San Vicente de Chucurí (Santander). Posteriormente, el hombre la habría trasladado hasta su lugar de residencia, donde presuntamente realizó actos sexuales con el animal.

Como consecuencia de estos hechos, la canina presentó sangrado e inflamación en varios de sus órganos, además de cambios de comportamiento. Entre las afectaciones observadas se registraron disminución de su actividad habitual y de la ingesta de alimento, así como conductas de aislamiento y huida ante el acercamiento de personas.

‘Luna’ presentó graves afectaciones de salud tras los hechos investigados por la Fiscalía.// Foto Fiscalía General.

Los elementos materiales probatorios y la evidencia física dan cuenta de que las acciones atribuidas a Vélez Cardozo ocasionaron problemas crónicos en la salud y la integridad física de ‘Luna’.

En ese sentido, un fiscal de la Seccional Santander, con apoyo del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma), lo presentó ante una juez con función de control de garantías y le imputó los delitos de acceso carnal a animal, en concurso con lesiones que menoscaben gravemente la salud o la integridad física del animal.

El procesado no aceptó los cargos y deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.

La nueva norma establece sanciones penales para quienes cometan actos sexuales contra animales

La Ley 2627 de 2026 modifica el Código Penal colombiano y crea el delito de acceso carnal a animales, estableciendo penas de 48 a 55 meses de prisión, multas de 30 a 50 salarios mínimos, inhabilidad de 2 a 4 años para ejercer actividades relacionadas con animales y la prohibición de adquirir, tener, cuidar o refugiar animales. Además, contempla un aumento de la pena cuando el hecho ocurre, entre otras circunstancias, con sevicia, en espacio público, con fines de lucro, contra varios animales, mediante difusión en redes sociales o cuando la víctima se encuentra en condición de especial vulnerabilidad.