A la pena de 16 años en prisión fue sentenciado Ever Antonio Cortés Meza, tras ser hallado responsable de la conducta punible de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado, por parte del Juzgado Primero Penal del Circuito de Cartagena.
Los hechos se presentaron el 20 de julio del año 2013, en horas de la mañana, en el Callejón Yanez del barrio Olaya Herrera en Cartagena, cuando Cortés Meza, padrastro de la pequeña, aprovechó que la menor había quedado sola en su cuarto, para cometerle vejámenes sexuales.
Tras sufrir el abuso sexual, la niña corrió despavorida hacia la casa de su abuela, vecina a su residencia y fue así como alarmó a la comunidad y capturaron al agresor sexual.
El hoy sentenciado se encuentra en libertad y por ello el juez, ordenó su captura para que pague por el daño causado a la menor y a la sociedad.
Se notifica de la presente sentencia a las partes en estrados y contra ella procede el recurso de apelación en el efecto suspensivo.
En el fallo se detalla lo siguiente: Señala además que los padres tienen la obligación de crianza, cuidado y protección, sin embargo, la Fiscal argumenta que la madre no fue garante de los derechos de la menor, porque cuando la niña sale huyendo, lo hace para evitar la reacción de su mamá. La mujer, trata de golpear a su hija y es por ello que la abuela de esta joven reacciona protegiendo a la menor y alertando a la comunidad.
A su vez, con la declaración de la niña, quien al momento de su jurada ya era mayor de edad, se conoce cómo era su vida en ese tiempo, nos dijo que vivía con su abuela, sus tíos y hermanos y que actualmente, vive en otra ciudad con su pareja.
Asegura que en esa casa vivían muchas personas pero que no las recordaba muy bien, porque ella estaba pequeña. Señala que corrió por miedo a su madre y se escondió en una cantina, debajo de una mesa. Narró sobre la vivencia experimentada y que corresponde a los hechos de este proceso.
Manifestó además que, a raíz de esta situación, ella tuvo que mudarse de su casa y que terminó viviendo con su abuela y que en cuanto a los hechos, por el paso del tiempo, la víctima se limitó a hacer precisión sobre lo que podía recordar de esa época. Pero, se reafirmó sobre su vivencia, sobre quién era el procesado y de los tocamientos libidinosos que le hacía.