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Juzgado condena a falso Contador Público en Cartagena

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El Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cartagena condenó a dos años de prisión a un hombre que se hizo pasar como Contador Público y suplantar un ciudadano para realizar trámites ante Cámara de Comercio de Magangué y la DIAN.

La sentencia condenatoria cobija a Leoncio Rodríguez Paternina, tras ser hallado responsable del delito de uso de documento público falso, tras allanarse a los cargos imputados por la fiscalía seccional.

En el presente asunto tal como lo informó la Fiscalía, LEONCIO RODRIGUEZ PATERNINA fue la persona que usando un documento falso se hizo pasar como contador público utilizando el número de tarjeta profesional de otra persona y realizó trámites propios de ese oficio ante la Cámara de Comercio de Magangué y ante la DIAN.

RESUELVE:
PRIMERO: CONDENAR A LEONCIO RODRIGUEZ PATERNINA de condiciones civiles y personales descritas, a la pena principal de VEINTICUATRO (24) MESES DE PRISION como autor responsable de la conducta punible de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto en el artículo 291 del Código Penal, y a la accesoria de interdicción en el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal impuesta.

SEGUNDO: Con relación a los subrogados penales, por cumplirse los requisitos objetivos contenidos en el art. 63 del C.P. se le concederá la suspensión de la ejecución de la pena por un período de dos (2) años, debiendo cumplir con las obligaciones de que trata el artículo 65 del C P y suscribir acta de compromiso.

TERCERO: SE DISPONE que, por intermedio de la Secretaría del Despacho, se comunique a las partes que no concurrieron y que tengan vocación de impugnación de conformidad con el artículo 169 del Código de Procedimiento Penal.

CUARTO: RENDIR, a través del Centro de Servicios Judiciales, las informaciones necesarias a los organismos de seguridad del Estado para efecto de registro y control de sentencias de conformidad con los artículos 166 y 462 del Código de Procedimiento Penal, así como enviar en su momento la carpeta al Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad
que corresponda por reparto.

QUINTO: Contra esta sentencia procede el recurso de apelación, la cual es notificada en estrados a los comparecientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FREDY ANTONIO MACHADO LÓPEZ
JUEZ

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