Al no ser reportada la muerte de Ana Batista en 2023, por su abogado, esto indujo al error del Juzgado. El jurista con esta actuación habría incurrido en un presunto fraude procesal.
Luego de 14 tutelas, en su mayoría desestimadas por diversos juzgados de la ciudad, la Alcaldía de Cartagena, a través de la Secretaría del Interior, está lista para recuperar el espacio público invadido por varios negocios, establecimientos y asentamientos irregulares hace décadas en un sector de Chambacú. La fecha de este desalojo es el próximo viernes; sin embargo, una jueza suspendió la diligencia.
La decisión del Juzgado 9 Penal de Cartagena fue motivada por un incidente de desacato a una tutela ganada el 27 de abril de 2011 por Ana Batista Urueta contra la Alcaldía de la Localidad 1 Histórica y del Caribe Norte, en la cual apeló a la protección de sus derechos fundamentales al trabajo, al mínimo vital y al derecho a la igualdad frente a un eventual desalojo en esa época.
Según Robinson Arroyo Zúñiga, abogado de Batista, la Alcaldía Local 1 no cumplió con las pretensiones de su apoderada; no obstante, 14 años después nunca ha habido un desalojo que afecte los derechos apelados por la ciudadana en su tutela de 2011. Sin embargo, esto motivó a que la jueza Elizabeth Araújo declarara que hubo un incidente de desacato en decisión del pasado 21 de marzo.
Por consiguiente, la jueza suspendió la recuperación del espacio público, como medida provisional ocupado hace décadas por talleres, cantinas, estaderos, parqueaderos que invaden predios del Distrito; donde incluso hace días se allanó una olla de micro tráfico por parte de la Policía Metropolitana de Cartagena.
Lo cuestionable es que el abogado Robinson Arroyo no reportó que su apoderada falleció en 2023, según reporte de la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), induciendo a la jueza a un error e incurriendo el jurista en un presunto fraude procesal.
*Esto dice la Corte Constitucional en estos casos*
Según la Ley colombiana, Arroyo debía poner en conocimiento de la jueza el hecho de la muerte; y no lo hizo cuando presentó la solicitud de desacato el pasado 20 de marzo. Esto subrepticiamente indujo al error en la decisión de la jueza, al hacerle creer que la solicitud se presenta en procura de la señora, cuando ya falleció. Si bien es cierto un fallo de 2011 la amparaba, al haber muerto ya el hecho está superado.
En múltiples sentencias de la Corte Constitucional se han desestimado casos así por la carencia de objeto como consecuencia de la muerte del titular de los derechos fundamentales cuya protección se perseguía. La Corte también ha emitido múltiples llamados de atención para adoptar medidas de protección objetiva por parte de los administradores de la justicia en procesos semejantes con un fallecimiento de por medio.
“El fallecimiento del demandante impide el ejercicio y el disfrute de los derechos fundamentales cuyo restablecimiento perseguía a través de la solicitud de amparo. En particular, la modificación de la situación en la que se presentó la tutela, por la muerte del interesado, tornaría inocuo el eventual reconocimiento reclamado”, se lee en la sentencia constitucional Sentencia T-236/18.
En suma, para la Alcaldía de Cartagena era justo y necesario que la jueza conociera de la muerte de Ana Batista; y así tener todos los elementos objetivos para tomar su decisión ante la carencia actual de objeto y de acuerdo con las particularidades del asunto. Es decir, la posibilidad de que se declare la nulidad de la medida provisional que suspende la diligencia de desalojo.
*“Ya esto parece el actuar de una red”*
Desde la Oficina Jurídica del Distrito se ha evidenciado que la seguidilla de tutelas interpuestas contra el desalojo de negocios en Chambacú siguen un mismo patrón: copian y pegan escritos y argumentos, cambiando el nombre del que interpone la tutela.
Aunque muchas de ellas han sido desestimadas por los juzgados donde las presentaron, tras revisarse el material probatorio y la argumentación de la Oficina Jurídica del Distrito, para el alcalde Dumek Turbay “esta andanada de acciones indica que hay una poderosa oficina jurídica detrás de todo”.
“Muchos de los ocupantes de este espacio público, al bloquear vías o al pronunciarse ante los medios de comunicación, se muestran como personas vulnerables frente al accionar de un gobierno autoritario. Sé que muchos en la ciudad saben que esto es falso. Incluso, uno de estos tutelantes es un ex candidato a la Cámara de Representantes y al Concejo Distrital; hay un parqueadero enorme con todos los juguetes; hay talleres y estaderos que facturan millones de pesos al día”, indicó Dumek Turbay.
Y resaltó: Entonces, frente a esta posible red jurídica, las preguntas correctas que todos debemos hacernos son: ¿Cuánto cuesta un lote en Chambacú? ¿Cuánto se valorizarán con el Nuevo Chambacú? ¿Cuánto dinero generan estos ocupantes en lotes que son propiedad de los cartageneros, y que estos particulares se quieren apropiar? ¿Cuánto de este dinero se ha pagado en impuestos o se han visto reflejados en el bienestar de Cartagena y de quienes la habitan?
Para el mandatario, todo este tema “representa un desgaste del aparato judicial” y reiteró su invitación a los ocupantes del espacio público a desalojar de forma voluntaria, ofreciéndoles el respaldo institucional e integral para su mudanza.