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El Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Cartagena declaró improcedente la tutela que buscaba tumbar la elección de la nueva Personera Distrital Carmen Elena De Caro Meza, por presuntas inhabilidades para ejercer dicho cargo.
La decisión adoptada precisa que la acción de tutela no es el mecanismo idóneo y además no hay perjuicio irremediable como lo señalaba el denunciante Andrés Larios Molina, quien alegaba vulneración al derecho al debido proceso.
El Juez, Antonio Chica Badel, desestimó los argumentos del querellante teniendo en cuenta que este tipo de demandas de nulidad electoral son de competencia del Tribunal Administrativo de Bolívar.
El fallo ya le fue notificado al Concejo de Cartagena, le dijo a Mundo Noticias la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de esa corporación, Tatiana Romero Luna.
La jurista al momento de presentar la correspondiente apelación se basó en sentencias del Consejo de Estado y la Corte Constitucional y en un fallo similar con el Personero de Ibagué, Tolima.
El Concejo de Cartagena en el pasado mes de enero, ratificó la elección de la Personera Distrital teniendo en cuenta que había ocupado el primer lugar en las pruebas que realizó la Universidad de Cartagena.