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5 septiembre 2020
Continúan restricciones deportivas
IDER explica alcances de decretos
En la reactivación, el autocuidado es la salvación.
Cartagena de Indias, D.T. y C., septiembre de 2020. Con la puesta en vigencia de la llamada “nueva normalidad” decretada por el Gobierno Nacional no desaparecerán del todo las limitaciones existentes para algunas prácticas deportivas y uso de escenarios en la ciudad. Así lo explicó el Instituto Distrital de Deporte y Recreación, IDER, al señalar que mediante Decreto No. 0826, expedido por el Alcalde Mayor de Cartagena, William Dau Chamat, se establecen restricciones para evitar la propagación de la pandemia de la Covid 19.
Haciendo uso de las facultades otorgadas por la norma nacional, en el sentido que “Los alcaldes en los municipios de alta afectación, con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado…”, el mandatario local solicitó y decretó restricciones para las actividades deportivas de conjunto aficionado, y para el acceso de público a los escenarios deportivos, a partir del primero de septiembre del año en curso.
En tal sentido la directora del IDER, Viviana Londoño Moreno, aclaró que las actividades que podrán realizarse en los escenarios deportivos ya reactivados, son los entrenamientos individuales para deportistas, que previamente cumplan con los protocolos de bioseguridad exigidos, incluyendo la correspondiente prueba de la Covid, con resultados negativos.
Londoño sostuvo que si deportistas aficionados desean hacer uso de escenarios deportivos locales para practicas individuales, deberán cumplir con los mismos requisitos que rigen para los deportistas de Altos Logros, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6 del decreto nacional 1168 25 agosto de 2020, que establece “toda actividad deberá estar sujeta al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19”.
La advertencia del órgano rector del deporte y la recreación en el Distrito es a que la comunidad no se genere falsas expectativas pensando que el riesgo de la pandemia ya es cosa del pasado, y que puede acudir en masa a la práctica o disfrute colectivo de actividades deportivas y o recreativas en cualquier escenario de la ciudad. “La situación de emergencia se mantiene, y estaremos vigilantes, para que los malos entendidos no pongan en riesgo de contagios a nuestros deportistas y la comunidad en general”, precisó la funcionaria.
Como un aporte a la mayor comprensión sobre las actividades que son permitidas y no permitidas en Cartagena, en la nueva fase de aislamiento selectivo, el IDER presenta la siguiente guía general:
PERMITIDO
• La práctica del deporte individual profesional, aficionado o de alto rendimiento, previo cumplimiento de los protocolos de bioseguridad y de sus respectivas pruebas PCR.
• La práctica de deportes de conjunto a nivel profesional, tramitando sus permisos ante el IDER previo cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.
• Prácticas individuales de deportistas de alto rendimiento en disciplinas de aguas profundas (vela, buceo, natación en aguas profundas, surf, canotaje).
• Apertura de gimnasios, previo trámite y registro de protocolos de bioseguridad ante la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.
• Práctica de actividades recreo –deportivas individuales en espacios abiertos, a cualquier hora del día (ciclismo, caminata, trote, etc.).
NO PERMITIDO
• Actividades de deporte de conjunto aficionado (Por ejemplo: fútbol, futsalón, béisbol, baloncesto, voleibol, sóftbol).
• Ingreso de público a escenarios deportivos en todas las categorías (mayores, menores, canchas sintéticas, etc.).
• Actividades recreo-deportivas en grupos.
• Desembarque de naves para actividades deportivas en la zona insular del Distrito.