La medida sigue vigente en bancos, almacenes de grandes superficies y supermercados.
Las personas podrán acceder y circular en los centros comerciales sin importar el último dígito de su cédula, pero siguiendo los protocolos de bioseguridad.
Cartagena de Indias, D.T. y C., 24 de diciembre de 2020. Por medio del decreto 1622 del 24 de diciembre, el alcalde, William Dau Chamat, ordenó exceptuar para el ingreso a los centros comerciales de la restricción del pico y cédula, decretada el pasado 21 de diciembre.
Es decir, las personas podrán acceder y circular en estos establecimientos sin importar el último dígito de su cédula. Sin embargo, se debe garantizar que en estos espacios no se sobrepase el aforo máximo, que es del 30%.
Es de resaltar que, para el desarrollo de sus actividades, los centros comerciales se deben ceñir a los protocolos de bioseguridad impartidos por las autoridades sanitarias para prevenir la propagación del COVID-19, como el uso de tapaboca, lavado de manos, desinfección de espacios; que se cumpla el distanciamiento social y evitar las aglomeraciones.
La medida de pico y cédula seguirá vigente para el acceso y circulación de personas en entidades bancarias, el Mercado de Bazurto, así como es almacenes de grandes superficies y supermercados en general.