El Consejo Nacional Electoral ratificó que Antonio Quinto Guerra Varela, no tiene ningún impedimento para aspirar a la Alcaldía de Cartagena, este domingo 6 de mayo, cuando se realizan elecciones atípicas.
La determinación fue adoptada en la sesión de la fecha, en donde no se tuvo en cuenta la apelación que había presentado la Procuraduría General de la Nación, que siempre manifestó e insistió en la inhabilidad del candidato del Partido, por haber celebrado contratos con el Estado, un año antes de la jornada electoral.
El fallo del CNE fue recibido con beneplácito por los seguidores de Quinto Guerra, quienes de esta manera daban por superados todos los escollos, surgidos durante estos días y que los mantuvo en vilo.
Sin embargo, cuando se creía que todo había terminado, se conoció que el Ministerio Público no se dará por vencido y seguirá dando la “pelea” jurídica y ahora acudirá a la acción de tutela ante el Tribunal Superior de Cundinamarca.
Hoy precisamente habló el abogado constitucionalista Wilson Toncel, y dijo que Quinto Guerra puede estar tranquilo porque su inscripción es válida para aspirar a ser alcalde de Cartagena.
Ante la medida de impugnación presentada por la Procuraduría Delegada frente al concepto emitido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) que mantiene la candidatura de Quinto Guerra, el jurista aclara: «No hay argumentos probatorios nuevos que modifiquen la decisión anteriormente tomada por el CNE».
Sobre el recurso interpuesto por la Procuraduría y la petición de nulidad, Wilson Toncel explicó: «Los argumentos de la inhabilidad ya fueron estudiados por el CNE y no hay pruebas nuevas que varíe el criterio de la mayoría; así que desde el punto de vista de la reposición en rigor debe ser confirmada».
Con respecto a la solicitud de una supuesta nulidad que sería por aspectos procedimentales y no por la causal de inhabilidad; ya que se aduce que la decisión no fue tomada por las mayorías calificadas, Wilson Toncel indicó: «El artículo 20 del Código Electoral es claro y dice que las decisiones del CNE las toman las dos terceras partes de sus miembros (en este caso son nueve) y la votación fue 6 votos de 9, lo que indica que las mayorías han decidido q no hay inhabilidad».
Además, aclara que el tema de los conjueces no altera el número de los magistrados asignados y si así lo vieren continúa ganando la mayoría. La nueva votación no genera un elemento útil.
“La programación del debate electoral es un acto administrativo que está convocado por la Presidencia de Republica y no puede ser modificado ni por la Procuraduría, ni por el Consejo Nacional Electoral”, dijo.
Frente una posible inhabilidad después de posesionado como alcalde, Antonio Quinto Guerra, indicó Toncel, el Procurador solo puede hacer lo que está en la Constitución Política en la Ley o los distintos reglamentos. “Tendría que el aspirante ganar y realizar una conducta diferente, para poderlo inhabilitar”.
Wilson Toncel concluyó » A mi juicio la decisión del CNE está confirmada”.