Alcalde Dau autoriza la realización de eventos públicos y privados en Cartagena con aforo del 50%
Cartagena de Indias D.T. y C. 30 de julio de 2021. Acogiendo las directrices impartidas por el Gobierno Nacional a través de la Resolución 777 de 2021, el alcalde, William Dau Chamat, expidió el Decreto 0802 del 30 de julio 2021, mediante el cual se adoptan nuevas medidas para el manejo de la COVID-19 en Cartagena, en el marco de la reactivación económica.
La nueva normativa Distrital rige a partir del 30 de julio hasta las 00:00 horas del 1 de septiembre de 2021, y contempla un nuevo horario de toque de queda, que va de 2 a.m. a 5 a.m. de cada día, y permite la realización de eventos de carácter público o privado, lo que incluye conciertos, eventos masivos deportivos y lugares de baile.
Es de resaltar que en la Resolución 777 el Ministerio de Salud y la Protección Social estableció los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado, y adoptó el protocolo general de bioseguridad que permite el desarrollo de estas.
La resolución explica que los municipios o Distritos que se encuentren en el Ciclo 2, es decir, que alcancen una cobertura del 70% de la vacunación contra el COVID – 19 de la población priorizada de la Fase 1 (Etapas 1, 2 y 3), o alcancen un índice de resiliencia epidemiológica que supere el 0.5., podrán realizar eventos de carácter público o privado, siempre que se mantenga el distanciamiento físico de mínimo 1 metro y se respete un aforo máximo de 50% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento.
De acuerdo con un análisis hecho por el Departamento Administrativo Distrital de Salud (DADIS), Cartagena cumple con los parámetros previstos para la aplicación del Ciclo 2, ya que la cobertura de vacunación de la población priorizada en la Fase 1 (etapa 1, 2 y 3) del plan nacional de vacunación es superior al 70%, y así como también, a corte de 30 de julio de 2021, el índice de resiliencia epidemiológica supera el 0.5.
Así las cosas, la Alcaldía Mayor presentó la propuesta de Decreto, que fue avalada por el Ministerio del Interior y oficializó este nuevo paso en la reapertura económica en la ciudad, con el cual se espera generar empleo y oportunidades económicas para muchas familias cartageneras que se han visto afectadas por la pandemia, de la mano con el compromiso de los empresarios del entretenimiento y ciudadanos en el cumplimiento de los protocolos.
Las medidas del nuevo decreto quedan de la siguiente forma:
Toque de queda
La restricción de toque de queda regirá en todo el Distrito de Cartagena desde las 2:00 a.m. hasta las 5:00 a.m. de cada día.
Eventos con aforo del 50%
Durante la vigencia del nuevo decreto se permite la realización de eventos de carácter público o privado, lo que incluye conciertos, eventos masivos deportivos y lugares de baile, con un aforo máximo el 50% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento, garantizando el distanciamiento físico de mínimo 1 metro.
Las actividades que ya vienen funcionando podrán continuar su desarrollo, siempre y cuando se respete un distanciamiento físico de mínimo 1 metro de distancia, indicado en el anexo técnico de la Resolución 777 de 2021, así como los protocolos de bioseguridad.
Vale la pena aclarar que dichos eventos y actividades deben contar con el debido registro y ser aprobados por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.
Horario de uso de playas y chivas
El ingreso a las playas autorizadas seguirá en el horario de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., mientras que el horario para el tránsito de vehículos turísticos tipo chiva se extendió de 9:00 a.m. hasta las 12:00 de la medianoche, anteriormente era solo hasta las 10 p.m.
Uso de tapabocas obligatorio
El uso obligatorio de tapabocas es obligatorio en espacios públicos y establecimientos de comercio y se deberá garantizar el distanciamiento social.