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Servicios de hotelería y turismo no deben cobrar IVA a usuarios

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Bogotá D.C., 23 de noviembre de 2021-. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- recuerda a la ciudadanía que la Ley de Turismo (Ley 2068 de 2020) establece una exención transitoria del Impuesto Sobre las Ventas –IVA– para servicios de hotelería y turismo hasta el próximo 31 de diciembre del presente año, o incluso, un plazo superior dependiendo de si estos establecimientos se acogen por cumplir los requisitos para pertenecer al Régimen Simple de Tributación (RST).

 

La DIAN ha tenido conocimiento de irregularidades con el cobro de IVA en servicios hoteleros, hechos que serán objeto de investigación por parte de la entidad.

Así entonces, hacemos un llamado a toda la ciudadanía para que denuncien cualquier hecho irregular. La DIAN seguirá adelantando campañas contundentes en contra de toda forma de irregularidad.

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