Basados en las recomendaciones dadas por parte del Instituto Nacional de Salud, el Departamento Administrativo Distrital de Salud, DADIS, emitió una circular donde generan indicaciones a las EAPB y prestadores de servicios de salud que operan en el Distrito de Cartagena sobre la alerta internacional ocasionada por casos de hepatitis aguda grave, de origen desconocido, en niños.
De acuerdo con el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades – ECDC, se plantean hipótesis con la evidencia obtenida, la más fuerte, está relacionada con un cofactor que hace que las infecciones leves por adenovirus sean más graves o desencadenan un daño hepático mediado por el sistema inmune; este cofactor puede ser una susceptibilidad por la falta de exposición previa al adenovirus durante la pandemia o una infección previa con SARS-CoV-2; tóxicos, drogas o exposiciones ambientales que no se han descartado, pero la evidencia es menos plausible.
La enfermedad es rara y no hay evidencia clara de transmisión persona a persona a partir de los datos analizados y publicados hasta el momento.
Johana Bueno Álvarez, directora del DADIS, señaló que “con el fin de fortalecer la identificación de este evento por establecer, es necesario responder a la alerta emitida por la OMS, INS y las recomendaciones de la OPS, por lo que se emiten directrices para el diagnóstico, clasificación de los casos y se realizan recomendaciones para la vigilancia en salud pública para las UPGD y EAPB del Distrito de Cartagena”.
Dentro de las indicaciones se encuentran las siguientes:
DEFINICIONES OPERATIVAS DE CASO:
• Caso Confirmado: no aplica en la actualidad.
• Caso Probable: persona con hepatitis aguda con transaminasa sérica, que tenga 16 años o menos. (Para configurar caso como probable previamente se deben descartar las hepatitis A, B, C, D, E y otras patologías causantes de hepatitis, las más frecuentes teniendo en cuenta aspectos como el contexto epidemiológico, así como los antecedentes del paciente tipo enfermedades previas, exposiciones ambientales, consumo de medicamentos hepatotóxicos, y demás datos que se deriven del interrogatorio y/o exploración del paciente. (Ver algoritmo diagnostico anexo)
• Nexo epidemiológico: persona que presenta una hepatitis aguda (no hepatitis A, B, C, B, D y E) de cualquier edad que es contacto estrecho de un caso probable.
Se recomienda realizar al menos dos mediciones de transaminasas séricas.
ACCIONES PARA LA VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA:
Las UPGD deben intensificar la búsqueda de posibles casos de acuerdo con la definición de la OMS y la aplicación del algoritmo diagnóstico.
Las UPGD deben hacer la notificación de caso como probable de manera inmediata en ficha 900 mediante la clasificación de este a partir de los resultados de laboratorio.
Las UPGD deben intensificar la vigilancia de virus respiratorios mediante la estrategia centinela de ESI-IRAG en las instituciones establecidas a nivel nacional mediante la circular externa conjunta 0031/2018 para identificar aumentos inusitados en la detección de Adenovirus.
Las UPGD deberán realizar desarrollo de capacidades a médicos y personal de la salud en las acciones de vigilancia de este evento.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 3518, las EAPB debe garantizar las pruebas diagnósticas a través de su red de prestación de servicios.
Las EAPB deberán fortalecer las acciones de información, educación y comunicación a la comunidad, orientadas a la prevención de las hepatitis en general.