Ofensiva contra la trata de personas
DESCUBIERTA MODALIDAD DE ESCLAVITUD SEXUAL EN CARTAGENA CON MUJERES VENEZOLANAS Y COLOMBIANAS
Articulación de esfuerzos de la Fiscalía, la Armada Nacional y Migración Colombia, permite ubicar tres establecimientos a los que llegaron 49 mujeres (23 venezolanas) que, mediante engaños, habrían sido captadas, trasladadas, sometidas a tratos crueles y obligadas a ofrecer servicios sexuales.
Cartagena de Indias (Bolívar), agosto de 2018. La Fiscalía General de la Nación mantiene las acciones investigativas y operativas para atacar cualquier actividad criminal que afecte los derechos y la integridad de mujeres, niñas y adolescentes, que son sometidas a distintas formas de esclavitud sexual en Cartagena.
Luego de la desarticulación de redes de proxenetismo y de trata de personas con la Operación Vesta, en la que fueron detenidas 18 personas, y la puesta en marcha de la cruzada contra los delitos sexuales en Bolívar en la que se obtuvieron 43 órdenes de captura, las actividades se concentraron en restablecer los derechos de las víctimas y ubicar los lugares en los que se promoverían tratos degradantes e inhumanos contra las mujeres en zonas turísticas y concurridas de la ciudad.
En ese propósito, la Fiscalía, la Armada Nacional y Migración Colombia cumplieron diligencias de registro y allanamiento en tres establecimientos nocturnos ubicados en el sector conocido como Bomba El Amparo y constataron la existencia de una modalidad ilegal de trata de personas interna, en la que jóvenes, especialmente venezolanas, y de diferentes zonas de Colombia, son convencidas de viajar a Cartagena para atender supuestas expectativas laborales, cuando en realidad serían obligadas a ofrecer servicios sexuales.
Durante los operativos los investigadores encontraron 49 mujeres, 23 de ellas indocumentadas y de nacionalidad venezolana, que quedaron a disposición de Migración Colombia para verificar su ingreso al país y realizar los trámites administrativos de ley. A las víctimas les fueron restablecidos sus derechos y reciben la atención psicosocial necesaria para reencontrarse con sus familiares y superar la difícil situación que enfrentaron.
Estas mujeres fueron rescatadas del dominio y la intimidación de una presunta organización de proxenetismo que las mantenía en hospedajes ubicados en sótanos y precarias condiciones, les proveía una alimentación inadecuada, les retenía cédulas y pasaportes para tener control sobre sus movimientos, las explotaba sexualmente y la mayor parte de los recursos obtenidos eran tomados por la misma red, a título de ‘cobro’, por el alojamiento y manutención.
Como evidencia física de esta modalidad de esclavitud sexual, fueron encontrados libros de registro con los listados de las jóvenes vinculadas. En los documentos aparecen frente a cada nombre los valores que adeudaban, multas por el aparente incumplimiento de las restricciones impuestas y el promedio de servicios sexuales que debían cumplir en cada jornada.
Ahora las investigaciones se centran a ubicar y judicializar a los tratantes, es decir, los presuntos integrantes de la estructura criminal que cumplían distintos roles, desde el reclutamiento de las mujeres hasta su control y amedrentamiento que les impedía escapar. Asimismo, iniciarán los procedimientos de extinción del derecho de dominio de los inmuebles utilizados para estas actividades ilegales.
El Fiscal Delegado Contra la Violencia de Niños y Niñas, Mario Gómez, dijo que adicionalmente, en los procedimientos los funcionarios descubrieron un pasillo secreto que comunicaba a dos de los establecimientos entre sí y, al parecer, era utilizado por clientes y mujeres para encuentros sexuales o evadir la intervención de las autoridades.
Cabe anotar que el delito de trata de personas se sanciona con prisión de hasta 23 años y se define en el artículo 188A del Código Penal de la siguiente manera: “El que capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, incurrirá en prisión de trece (13) a veintitrés (23) años y una multa de ochocientos (800) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Para efectos de este artículo se entenderá por explotación el obtener provecho económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona, mediante la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre, la explotación de la mendicidad ajena, el matrimonio servil, la extracción de órganos, el turismo sexual u otras formas de explotación.
El consentimiento dado por la víctima a cualquier forma de explotación definida en este artículo no constituirá causal de exoneración de la responsabilidad penal.” La Fiscalía recuerda que al servicio de las víctimas están los centros de atención de casos de violencia sexual y el centro de contacto de la Fiscalía (línea nacional 018000919748 o desde celular al 122).
Foto: Mario Gómez, Fiscal Delegado contra la Violencia de Niños y Niñas.