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El «As bajo la manga» de los opositores al peaje de Turbaco

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Líderes opositores al peaje de Turbaco notificaron al gobierno nacional de una sentencia de la Corte Constitucional en donde se establece que todo tipo de construcción o proyecto adelantado en una población debe pasar por el Concejo Municipal y ser socializado, situación que no ocurrió con el referido peaje impuesto por el gobierno y una concesión que ya alcanzó su pago.

Así lo dieron a conocer al Ministro del Transporte Guillermo Reyes y al presidente de la ANI William Camargo, el abogado y dirigente político Héctor Pérez y la líder social Linda Puello, quienes entregaron un documento donde un fallo del 2010 demuestra esta determinación.

Hoy a través de un nuevo proyecto pretenden seguir cobrando el peaje para pasar por Turbaco y por eso los turbaqueros han alzado su voz para que esto no se siga dando, dijeron.

Uno de los apartes de la carta dice:

Linda Pinedo Puello, líder social del municipio de Turbaco y Héctor Pérez Fernández, abogado y veedor ciudadano; presentamos ante ustedes todos los argumentos jurídicos, ambientales y sociales para que ordenen desmontar inmediatamente el peaje de Turbaco, con base en las siguientes consideraciones:

Para la corte, la inconstitucionalidad de la norma acusada está determinada en términos de validez jurídica, es decir, de oposición entre la ley y la Constitución, y no de eficacia. La posibilidad de que mediante megaproyectos se puedan modificar de manera automática cualquier POTs del país, termina generando una grave inseguridad jurídica sobre los mismos.

Resulta inadmisible que actos administrativos adoptados por una autoridad del orden nacional terminen convirtiéndose en instrumentos de planeación que se sobrepongan sobre los POT. Aclaro que no es que se impida la viabilidad de macro proyectos de interés social nacional, sino, pero ello debe hacerse bajo el marco de los principios constitucionales. Hay proyectos efectivos de intervenciones urbanísticas, pero no es interrumpiendo la autonomía de los municipios. En el caso concreto, la sentencia tiene efectos hacia el futuro, con lo cual no se produce traumatismo alguno, es decir, se
aplicaría para nuevos megaproyectos y no para aquellos que se encuentren en curso.

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