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A menos de 48 horas de celebrarse, tutela suspende consulta popular de rector en Universidad de Cartagena

 

Un fallo de tutela suspendió hoy el proceso de consulta popular para escoger rector, director de programas, decanos y los representantes ante el Consejo Superior Académico y Consejos de Facultad al interior de la Universidad de Cartagena, fijada para los días 26 y 28 de abril de este año.

La sorpresiva decisión la adoptó el Juzgado 15 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento, atendiendo la petición del ex estudiante de esa institución, Luther Larios, quien argumentó se le estaban violando derechos fundamentales en este proceso de consulta popular.

Así mismo el juez, decidió vincular a la Registraduría Departamental del Estado Civil, defensoría Regional del Pueblo en Bolívar y la Procuraduría Regional de Bolívar.

El despacho judicial, dio un plazo de 48 horas para que aporten las pruebas necesarias para su defensa advirtiendo que, de no hacerlo, se tendrán por ciertos los hechos de la presente acción.

Una vez se enteraron varios de los aspirantes a estos cargos, de inmediato se dirigieron al despacho del juez que admitió la tutela, para radicar un escrito, en donde solicitan de manera inmediata el levantamiento de la medida provisional.

La carta dice textualmente:

Distinguido:

Luis Fernando Machado López

Juez 15 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento

E.S.D.

En nuestra calidad de aspirantes admitidos  en el proceso de consulta y elección para la designación de directivas universitarias, periodo 2018-2020, nos permitimos acudir a su sentido de justicia para solicitar de manera inmediata el levantamiento de la medida provisional decretada en auto del 23 de abril de 2018, fundamentado en el perjuicio inminente al interés público que esta medida reviste para la Universidad de Cartagena, su gobernanza institucional y el principio de autonomía universitaria.

Fundamento jurídico: El Decreto 2591 de 1991 señala que la continuidad de la medida podrá suspenderse a solicitud de parte o de oficio, para evitar perjuicios ciertos e inminentes al interés público.

El proceso de consulta y elección de las directivas y representantes docentes se rige por el Acuerdo 04 de 2002, reglamentación expedida por el Consejo Superior en virtud del principio de la autonomía universitaria. En este marco, las etapas se han surtido de acuerdo al acto de convocatoria (Resolución de Rectoría Ad Hoc No 393 de 2018); la comunidad universitaria compuesta por más de 19 mil personas espera con el más alto sentido democrático manifestar su voluntad formada responsablemente a lo largo de 12 foros programáticos y conforme a las propuestas que cada aspirante ha presentado.

Debe tenerse en cuenta que la madurez institucional de los procesos democráticos ha permitido a nuestra comunidad universitaria, de manera autónoma darse responsablemente sus autoridades.

El Acuerdo No 02 de 6 de mayo de 2014 “por el cual se da cumplimiento a fallo de tutela del Juzgado Primero Penal del Circuito de fecha 30 de abril de 2014” fue derogado expresamente por el Acuerdo 04 de 4 de julio de 2014 “por el cual se acata lo dispuesto por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena – Sala Penal de Decisión, mediante sentencia del 17 de junio de 2014”.

Esperamos el respaldo a nuestro derecho a elegir y ser elegidos, como aspirantes y como miembros de la comunidad universitaria”.