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Admiten acción popular contra Quinta Avenida de Manga

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En caso del proyecto de la Quinta avenida de Manga, Juzgado admite acción popular presentada por el Distrito contra KMA

Cartagena de Indias, D.T. y C., 23 de noviembre de 2021. El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena revocó la decisión proferida el 16 de noviembre de 2021, mediante la cual inadmitía la demanda de acción popular interpuesta por el Distrito de Cartagena de Indias en contra de KMA Construcciones S.A.S y KMA Concesiones S.A.S., y, en su lugar, procedió a admitir la demanda acogiendo los argumentos expuestos por la defensa del ente territorial en el recurso de reposición presentado por la Oficina Asesora Jurídica.

Con la acción popular, el Distrito de Cartagena de Indias pretende que se ampare el derecho colectivo a la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público y el interés general y evitar con ello la suscripción del contrato de concesión del proyecto Corredor Portuario de Cartagena, conocido como Quinta Avenida de Manga, que instalaría nuevos peajes en la ciudad por 30 años aproximadamente.

Tras revisar nuevamente los argumentos, el juez de conocimiento reconoce que sí existe un peligro inminente que puede amenazar o vulnerar los derechos colectivos de la población cartagenera.

En el auto admisorio señala que “Revisados nuevamente los fundamentos de hecho y de derecho de la presente demanda, advierte el Despacho que en efecto existe un inminente peligro de ocurrir un perjuicio irremediable, contra los derechos colectivos de la ciudadanía cartagenera, pues, según la resolución de adjudicación No. 9217 de 16 de diciembre de 2019, el valor del contrato resultante de la asociación público –privada de iniciativa privada “corredor portuario de Cartagena”, tendrá un costo de un Billón Novecientos Noventa y Dos Mil Ochocientos Cuarenta Millones Setecientos Noventa y Nueve Mil Ciento Noventa y Cuatro Pesos ($1.992.840.799.194.oo)”.

El togado continúa aclarando que con dicho contrato también está en juego la posibilidad de incurrir en un perjuicio irremediable.

“Es decir, además de pagar todo ese dinero, el cual sale del erario público y que se recauda con lo que pagan los cartageneros en sus impuestos y contribuciones; también está en juego la posibilidad de crear más peajes que afectan la economía de las personas, y ante el notorio descontento de la ciudadanía por la permanencia de los peajes ya existentes, es claro que se estaría ad-portas de un perjuicio irremediable”, concluye.

Sobre la acción popular, es de resaltar que en la acción popular, la Alcaldía advierte enfáticamente que el contrato de concesión que fue adjudicado a KMA por la administración de turno en 2019, a través de la Resolución 9217 del 16 de diciembre del 2019, vulnera los derechos colectivos a la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público y el interés general. Por tal, solicita que se adopten medidas legales contractuales, administrativas, financieras y técnicas para prevenir la vulneración de estos derechos.

“El pago de peajes ya existente es rechazado por la ciudadanía y es de conocimiento nacional que la población cartagenera se ha manifestado en el sentido de no estar dispuesta a seguir pagando peajes, y la voluntad del pueblo está por encima de los intereses particulares. El interés general debe prevalecer aun cuando los actos que llevaron a la adjudicación de la concesión estén revestidos de legalidad. Esto debe tenerse en cuenta cuando se está frente a la violación de derechos colectivos como la moralidad administrativa”, advierte el Distrito en la demanda.

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