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Admiten tutela que busca suspender elecciones atípicas de Alcalde de Cartagena

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El Tribunal Superior de Cartagena a través de su Sala Civil de Familia, admitió una acción de tutela que busca suspender las elecciones atípicas para escoger alcalde de Cartagena el próximo 6 de mayo y dio 48 horas de plazo para que las partes involucradas respondan a los requerimientos que se les hacen.

Sin embargo, la corporación no accedió a las pretensiones del demandante Oscar Carrasquilla Herrera, de suspender de inmediato este proceso que busca reemplazar al exalcalde Manolo Duque, quien renunció a raíz de los escándalos de supuesta corrupción en su administración.

Carrasquilla Herrera, quien hace parte del Comité del Movimiento Ciudadano Primero La Gente que inscribió la candidatura de Manolo Duque, consideró vulnerados sus derechos por el presidente de la República Juan Manuel Santos, al no nombrar a una persona de ese movimiento una vez le aceptó la renuncia a Duque Vásquez y nombrar en calidad de alcalde encargado a Sergio Londoño Zureck.

Como tampoco se tuvo en cuenta a quienes hacían parte de la terna, Elsy Severiche, Pablo Galindo y Juan Mendoza Goez, cuando se expidió el Decreto para convocar elecciones atípicas y se mantuvo como alcalde encargado de Cartagena Sergio Londoño Zureck.

Considera el demandante que le fueron vulnerados los derechos al debido proceso, derecho de defensa, igualdad y a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.

El magistrado sustanciador Oscar Alberto García Santamaría, en la parte resolutiva señala: Notificar a la Nación – Ministerio del Interior, solicítese a la dependencia accionada rendir un informe pormenorizado acerca de los hechos de tutela esgrimidos en su contra para lo cual se le concede un término de 48 horas.

Vincular al presente trámite al Presidente de la República, al Alcalde encargado de Cartagena, Procuraduría General, Registraduría Nacional, Consejo Nacional Electoral, Comité del Movimiento Ciudadano Primero La Gente, para que en un término de 48 horas se pronuncien en relación con los hechos materia de reproche constitucional.

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