Afinia suspende energía a Parque de Zaragocilla por deuda de $98 millones

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Afinia, filial del Grupo EPM, informa a la opinión pública que, debido a una deuda acumulada de más de $98.000.000 por parte del Conjunto Residencial Parque de Zaragocilla, se ha tomado la decisión de suspender el suministro eléctrico en todo el conjunto hasta que se logre un acuerdo de pago satisfactorio.

Además de la deuda mencionada, desde el año pasado, el personal técnico de Afinia no ha podido ingresar al conjunto residencial para realizar las revisiones y mantenimientos necesarios de los equipos de medida, lo que ha generado pérdidas estimadas en 53.303 kWh mensuales, equivalentes a más de $55.000.000 mensuales.

Entre 2021 y 2025, se han realizado nueve visitas con el objetivo de normalizar y revisar el servicio, todas ellas sin éxito debido a la falta de colaboración por parte de la administración del conjunto. Estas visitas incluyeron dos suspensiones previas del servicio, incluida la actual.

Es importante señalar que, antes de proceder con la suspensión del servicio, Afinia agotó todos los mecanismos legales disponibles, incluyendo la solicitud de amparo policivo con acompañamiento de la autoridad competente, la cual no logró el resultado esperado debido a la persistente negativa de acceso por parte de la administración del conjunto. El amparo policivo es una medida legal que permite a las empresas de servicios públicos solicitar la protección de las autoridades para garantizar la prestación y mantenimiento de sus servicios.

La suspensión del servicio se fundamenta en el artículo 140 de la Ley 142 de 1994, que establece que el incumplimiento del contrato por parte del suscriptor o usuario da lugar a la suspensión del servicio en los eventos señalados en las condiciones uniformes del contrato de servicios y, en todo caso, cuando el usuario esté en mora en el pago de sus obligaciones por un término que no exceda de dos periodos de facturación cuando ésta sea bimestral y de tres periodos cuando la facturación sea mensual.

Adicionalmente, el artículo 141 de la misma ley indica que el incumplimiento del contrato por un periodo de varios meses, o en forma repetida, o en materias que afecten gravemente a la empresa o a terceros, permite a la empresa tener por resuelto el contrato y proceder al corte del servicio.

Rechazo a las acciones de hecho contra el personal de Afinia

En la noche de hoy, miembros de la comunidad del Conjunto Residencial Parque de Zaragocilla retuvieron a una cuadrilla de técnicos de Afinia en represalia por la situación actual. Afinia rechaza enfáticamente estas acciones de hecho y cualquier forma de violencia o intimidación contra su personal. Estas conductas no solo ponen en riesgo la integridad de nuestros colaboradores, sino que también dificultan la prestación de un servicio esencial para la comunidad.

Hacemos un llamado a la comunidad para que canalice sus inquietudes y preocupaciones por las vías legales y de diálogo establecidas, con el fin de encontrar soluciones que beneficien a todas las partes involucradas.

Afinia reitera su compromiso con la prestación de un servicio de calidad y hace un llamado a la administración del Conjunto Residencial Parque de Zaragocilla para que permita el ingreso de nuestro personal de revisar los medidores y además se acerque a nuestras oficinas y se logre un acuerdo que permita la normalización del servicio.

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