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Alcalde Dau, cinco días de arresto y multa por desacato a una tutela

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El Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cartagena ordenó el arresto por cinco días y una multa de tres salarios mínimos legales mensuales, contra el alcalde Mayor William Dau Chamat, por desacato a un fallo de tutela que ordenó rectificar afirmaciones lanzadas contra el exgobernador Dumek Turbay Paz.

En un comunicado la Oficina de Prensa de la alcaldía dijo que el fallo sancionatorio emitido por el Juez, consistente en una multa y cinco días de arresto en contra del Alcalde Dau, no está en firme y deberá surtir en grado de consulta ante el Tribunal Superior de Cartagena.

En una decisión conocida este viernes, el juez señala que el mandatario de los cartageneros volvió a vulnerar los derechos del exgobernador y aspirante a la alcaldía Turbay Paz,  al considerar que se encuentra reincidiendo en las conductas lesivas que se censuraron en el fallo de tutela inicial (julio de 2019), teniéndose en cuenta que no aportó constancia de que tal publicación.

El caso hace referencia al 18 de julio de 2019, cuando el dirigente político Dumek Turbay le ganó una acción de tutela al alcalde  William Dau.

El juez, en el punto quinto del fallo, estipuló: «Esta decisión deberá consultarse por el Honorable Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena».

El fallo dice textualmente:

La orden de tutela proferida la fecha 18 de julio de 2019, resolvió “ORDENAR al señor WILLIAM DAU CHAMAT que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas rectifique las afirmaciones realizadas, que deberán cumplir con los parámetros constitucionales que garanticen la salvaguarda del derecho a la honra y buen nombre del accionante. Esta rectificación deberá ser compartida en todos los medios en que fue difundida las primeras afirmaciones, es decir, Facebook, youtube, el portal LET ̈S SAVE CARTAGENA y cualquier otro medio en que haya sido difundida”.

Por auto del 18 de julio de 2023, se resolvió abrir incidente de desacato, procediendo el despacho a decretar pruebas en auto del 27 de julio hogaño. 

“…revisa el despacho el video publicado el 28 del pasado mes de junio hogaño, advirtiéndose que, a pesar de que éste obedece a un pequeño fragmento de aproximados cuatro (4) minutos de lo expuesto en el video inicial del 2019, se refiere nuevamente al señor Dumek Turbay, aunque no con las afirmaciones de aquella oportunidad, sí rememorando las sendas denuncias que en aquella época hizo, “denuncias” o exposiciones que fueron objeto de control constitucional por este despacho y que precisamente, llevaron al amparo de los derechos del señor Dumek Turbay”. 

“Así las cosas, al compartir nuevamente parte de las manifestaciones que llevaron al señor William Dau Chamat a vulnerar los derechos del quejoso, este despacho considera que se encuentra el señor accionado reincidiendo en las conductas lesivas que se censuraron en el fallo de tutela; teniéndose en cuenta que no aportó hasta la fecha de esta providencia, constancia de que tal publicación, esta es, la efectuada el 28 de junio hogaño hubiere sido eliminada”.

Teniendo en cuenta lo anterior y sabiendo que las órdenes que los jueces impartan para resguardar los derechos fundamentales deben ser cabalmente observadas, le encuentra esta célula judicial en desacato del fallo de tutela proferido por esta judicatura el día 25 de julio de 2019 y como consecuencia de lo anterior, se le ordenará a que proceda a dar cumplimiento inmediato a la orden proferida en el fallo en mientes, imponiendo sanción a WILLIAM DAU CHAMAT, con el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ejecutoria de este auto, que deberán ser consignados a órdenes de la RAMA JUDICIAL – CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, en el Banco Agrario de Colombia Cuenta No. 3-0070- denominada DTN Multas y Cauciones, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta providencia, y tres (3) días de arresto respectivamente que deberán cumplir en las instalaciones de la Policía Metropolitana de Cartagena. 

En mérito de lo expuesto, el Juez Quinto Civil del Circuito de Cartagena, 

RESUELVE:
PRIMERO: Declarar que WILLIAM DAU CHAMAT, ha incurrido en desacato al fallo de tutela proferido por esta judicatura el 25 de julio de 2019. 

SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena a WILLIAM DAU CHAMAT a que proceda a dar cumplimiento inmediato a la orden proferida en sentencia de tutela de fecha 25 de julio de 2019. 

TERCERO: Sancionar a WILLIAM DAU CHAMAT con el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ejecutoria de este auto, que deberán ser consignados a órdenes de la RAMA JUDICIAL – CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, en el Banco Agrario de Colombia Cuenta No. 3-0070- denominada DTN Multas y Cauciones, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta providencia, y cinco (5) días de arresto respectivamente que deberán cumplir en las instalaciones de la Policía Metropolitana de Cartagena. 

CUARTO: Notifíquese esta decisión a los funcionarios señalado en el artículo primero de la presente providencia, por el medio más expedito y eficaz. 

QUINTO: Esta decisión deberá consultarse por el Honorable Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Decreto 2591 de 1991″. 

SERGIO RAFAEL ALVARINO HERRERA 

JUEZ 

En un comunicado la Alcaldía de Cartagena aclara a la ciudadanía y a los medios de comunicación que el fallo sancionatorio emitido por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cartagena, consistente en una multa y cinco días de arresto en contra del Alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, no está en firme.

Dicha orden judicial debe surtir el grado jurisdiccional de consulta ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.

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