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Alcalde Dau ratifica que no existe responsabilidad fiscal

Durante el desarrollo de la séptima audiencia del proceso de Responsabilidad Fiscal que adelanta la Contraloría General de la República en contra del alcalde William Dau Chamat, el mandatario presentó al ente de control un documento con argumentos y pruebas documentales que complementan su versión libre hecha en la última sesión y reafirman que no cometió ningún daño al patrimonio Distrital y, por el contrario, confirman que la investigación que se adelanta en su contra fue iniciada por la Contraloría Distrital sin sustento, como parte de un ataque político.

“Como parte integral de mi versión libre rendida en la pasada sesión de audiencia, y como aspectos complementarios que resultan relevantes para el asunto, a través de la presente, doy traslado de argumentos y pruebas documentales contenidas en medios digitales, que resultan conducentes y pertinentes para tomar la decisión que en derecho corresponde reafirmando mi total ausencia de responsabilidad en los hechos”, indica el Alcalde en el documento remitido al ente de control.

Los elementos probatorios allegados por el burgomaestre están integrados por una serie de testimonios, imágenes y videos publicados en las redes sociales de la Alcaldía y en sus cuentas personales de Facebook e Instagram entre los años 2020, 2021 y 2022 que evidencian la persecución política de la que ha sido víctima como Alcalde de Cartagena por parte de los dos contralores distritales.

“En los enlaces que relaciono a continuación, usted podrá encontrar las denuncias y pronunciamientos que he hecho, correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022, por una serie de acciones que evidencian la persecución política de la que he sido víctima como Alcalde de Cartagena por parte de los dos contralores distritales encargados de manera irregular por el Concejo de la ciudad: Freddy Quintero Morales y Rafael Castillo Fortich. Esta persecución también la han padecido miembros de mi gabinete, quienes han sido suspendidos sin verdaderos sustentos jurídicos que respalden decisiones de tal magnitud”, indica el oficio.

Así mismo, el Alcalde reiteró que en la administración Salvemos Juntos a Cartagena se corrigió el supuesto pago de gastos de representación a funcionarios, después de más de 10 años que venía funcionando de esa manera, sin que ningún otro Alcalde hubiera hecho algo al respecto.

“Todo lo anterior resulta pertinente en el presente asunto doctora García, en la medida que permite dejar en evidencia las reales motivaciones que tuvo la Contraloría Distrital para adecuar típicamente una conducta que a todas luces no ha generado ningún tipo de daño fiscal y que, por el contrario, yo, William Dau, corrigió después de ser una situación que venía funcionando de esa manera desde hace casi una década sin que ningún Alcalde hubiera hecho algo al respecto. Tenga en cuenta esto doctora García, porque esos sustentos fácticos que irregularmente consideró inicialmente la Contraloría Distrital como antieconómicos, son los mismos que se están juzgando en este momento por parte de su despacho, y que con todas estas pruebas que voy a presentar y que serán complementados por mi abogado, indudablemente deberán ser desestimados”, puntualiza Dau Chamat en el oficio remitido a la Contraloría.

La Contralora Delegada para la responsabilidad, intervención judicial y cobro coactivo, Helena Patricia García Maya, atendió la solicitud del mandatario se comprometió a revisar minuciosamente y tener en cuenta las pruebas remitidas por el alcalde Dau. Durante la diligencia, también se escucharon las versiones libres Adelfo Doria y Martha Carvajal, ex directores de Talento Humano, los otros implicados en la investigación.

Entre sus argumentos, Doria manifestó que de acuerdo con la Sentencia C-510 de 1999 de la Corte Constitucional indica que “existe una competencia concurrente para determinar el régimen salarial de los empleados de las entidades territoriales así: primero, el Congreso de la República, facultado única y exclusivamente para señalar los principios y parámetros generales que ha de tener en cuenta el Gobierno Nacional en la determinación de este régimen. Segundo, el Gobierno Nacional, a quien corresponde señalar sólo los límites máximos en los salarios de estos servidores, teniendo en cuenta los principios establecidos por el legislador. Tercero, las asambleas departamentales y concejos municipales, a quienes corresponde determinar las escalas de remuneración de los cargos de sus dependencias, según la categoría del empleo de que se trate. Cuarto, los gobernadores y alcaldes, que deben fijar los emolumentos de los empleos de sus dependencias, teniendo en cuenta las estipulaciones que, para el efecto, dicten las asambleas departamentales y concejos municipales, en las ordenanzas y acuerdos correspondientes. Emolumentos que, en ningún caso, pueden desconocer los límites máximos determinados por el Gobierno Nacional.”

Así las cosas, Doria explicó que, es claro que el Alcalde por sí solo no podía hacer ningún cambio en la estructura salarial de los empleados públicos del nivel territorial como lo pretendía la Contraloria Distrital, pues se necesitaba la aprobación previa del Concejo. Señaló, además, que en todo caso, el salario devengado por los servidores directivos de la Alcaldía de Cartagena nunca desconoció los limites máximos fijados por el Gobierno Nacional.

En ese mismo sentido, el exdirector de Talento Humano, precisó que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313, numeral 6º de la Constitución Política, corresponde a los Concejos fijar conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional, las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleo del municipio.

Por ello, desde el 26 de julio del año 2011, el Concejo Distrital de Cartagena de Indias expidió el Acuerdo 009 de 2011 «por medio del cual se adopta la escala de remuneración de las diferentes categorías de empleos, para las entidades, organismos y dependencias que conforman la organización administrativa del nivel central de la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias D. T. y C».

Así las cosas, desde 2011, año tras año, la Alcaldía establecía la escala de remuneración de los servidores públicos con base en el Acuerdo 009 teniendo en cuenta los límites que fijaba el gobierno nacional; al igual que en las administraciones pasadas, para el año 2020 dicho Acuerdo se encontraba vigente al momento de pagar la nómina de empleados y gozaba del principio de presunción de legalidad de los actos administrativos, es decir, era de obligatorio cumplimiento.

Por último, Adelfo Doria precisó que la Contraloría Distrital presentó el Informe Definitivo de auditoría modalidad regular para la vigencia 2019, donde estableció un hallazgo por el pago de gastos de representación para dicho año presumiendo un hallazgo fiscal por valor de $1.032.648.165, pero el mencionado informe solo nos fue notificado durante último trimestre de 2020.

No obstante, Doria explicó que la Alcaldía, a través de la Dirección Administrativa de Talento Humano suscribió un plan de mejoramiento con la Contraloría Distrital con relación a la auditoria de la vigencia 2019, el cual consistó en presentar un proyecto de acuerdo al Concejo Distrital de Cartagena, por medio del cual se modificara la escala salarial de los empleados del nivel directivo de la Alcaldía de Cartagena, con un plazo de cumplimiento de tres meses desde el 1 de diciembre de 2020, fecha en la cual ya habíamos presentado nuestro proyecto de acuerdo el cual fue aprobado el 30 de diciembre de 2020 con efecto retroactivo, es decir, la Administración Distrital cumplió con el plan de mejoramiento y corrigió la situación que se mantuvo irregular por más de una década. Dicha norma hoy vigente es el Acuerdo 050 de 2020, pero la Contraloria Distrital pretende desconocer el efecto retroactivo de la norma, única salida legalmente aceptada para corregir la situación.

“Fuimos la administración que encontró una situación irregular, nos dedicamos a resolverla a pesar de ser heredada, no solo desde 2011, sino de 2003, cuando se hizo la última restructuración donde se establecieron unos pagos salariales mal llamados «gastos de representación». Nosotros encontramos un Acuerdo Distrital 009 vigente y lo corregimos, e increíblemente hemos sido señalados injustamente, cuando nuestro actuar fue ajustado a derecho”, puntualizó Doria Franco.

La próxima audiencia quedó fijada para el 14 de julio, a las 10 de la mañana, en esta los apoderados de los implicados podrán realizar los descargos a la imputación.