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Artículo 77 del Plan de Desarrollo genera riesgos a organizaciones civiles

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Las organizaciones firmantes alertamos los riesgos democráticos y participativos de la aprobación del artículo 77 “Disolución de entidades sin ánimo de lucro” incluido en el articulado del Plan Nacional de Desarrollo “Colombia: Potencia Mundial de la Vida 2022 – 2026”. El artículo constituye un retroceso en términos de garantías para la participación ciudadana, por cuanto establece requisitos y obstáculos adicionales que no corresponden con las realidades de las Organizaciones de la Sociedad Civil -OSC- colombianas.

La versión del PND aprobada en primer debate en el Congreso de la República establece:

“ARTÍCULO 77° DISOLUCIÓN DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. Las entidades sin ánimo de lucro que tengan el deber legal de registrarse ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal, deberán hacerlo dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley. 

Una vez culminado el plazo señalado en el inciso anterior sin que se hubiera cumplido con la obligación de registro, la autoridad competente de inspección vigilancia y control (sic)  de plano deberá declarar de oficio la disolución y cancelación de su personería jurídica (…).

Una vez se encuentre en firme la decisión, las entidades de que trata el presente artículo, quedarán disueltas y en estado de liquidación por lo que perderán su personería jurídica, y solo podrán realizar los actos necesarios para adelantar su proceso de liquidación”. p. 56 – 57. 

Como lo ha señalado la Organización de Estados Americanos (OEA) en su Declaración de Principios Interamericanos sobre creación, funcionamiento, financiamiento y disolución de Entidades Civiles sin fines de lucro, los Estados tienen el deber de garantizar unas reglas y un diseño institucional propicio para las OSC, máxime cuando no ha existido un entorno habilitante para su labor, como ha sido el caso colombiano[1]. Igualmente, el Relator Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Asociación[2], ha recomendado el mejoramiento y simplificación de los registros de las OSC, resaltando la importancia de procedimientos de notificación en detrimento de procedimientos de autorización previa, por cuanto constituyen restricciones e intervenciones indebidas de las autoridades públicas en el quehacer ciudadano. A la luz de estas disposiciones, el artículo 77 viola los derechos y principios de libertad de asociación; autonomía de la voluntad; registro o reconocimiento a cargo de una instancia independiente y autónoma; procedimientos de registro sencillos y transparentes; libertad de funcionamiento; disolución voluntaria; sanciones proporcionales y debido proceso.

Además, la imposición unilateral de nuevos requisitos a las OSC puede suponer riesgos adicionales a su labor, especialmente en las regiones más afectadas por el conflicto armado. Una medida que abre la puerta al debilitamiento de las OSC puede generar la desprotección y, en consecuencia, el recrudecimiento de la violencia contra sus liderazgos y comunidades.

Conminamos al gobierno nacional a mantener sus compromisos con la ampliación democrática y con las garantías para la participación ciudadana para el Diálogo Social y al Congreso de la República, a eliminar el Artículo 77 del Proyecto de Ley y en general evitar la aprobación de normativas regresivas en términos de derechos y libertades ciudadanas. Es imperativo atender las propuestas de las OSC con respecto a su registro independiente, autónomo y concordante con las realidades nacionales, el acceso en condiciones de igualdad, fondos de financiación públicos, el reconocimiento de su importancia para la democracia y la vida nacional, entre otros[3].

La ciudadanía debe tener plenas garantías para su organización y participación a través de legislaciones progresivas y proporcionales, que atiendan sus necesidades y que protejan su protagonismo en la construcción democrática y del Estado Social de Derecho. La Paz Total, la transición democrática y las reformas de los grandes problemas nacionales sólo serán posibles con la más amplia participación ciudadana.

Firman,

Organizaciones:  

  1. Fundación Foro Nacional por Colombia

  2. Transparencia por Colombia

  3. Viva la Ciudadanía

  4. Corporación Podion

  5. Casa de la Mujer

  6. Cinep/PPP

  7. Corporación Conciudadanía

  8. Corporación Región

  9. Comisión Colombiana de Juristas

  10. Consejo Laboral Afrocolombiano – CLAF

  11. Federación Antioqueña de ONG

  12. Organización Artemisas

  13. Extituto de Política Abierta

  14. Temblores ONG

  15. Asociación de Mujeres de Oriente – AMOR

  16. Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna 6 de Medellín

  17. Fundación Suma Kausai Colombia-FSKC

  18. Fundación Polari

  19. FUNCICAR

  20. APRODIC

  21. Corporación de Cultura y Turismo de la Provincia de Vélez ESAL

  22. Amazon Conservation Team

  23. Corporación de Cultura de la Provincia de Vélez ESAL

  24. Federación Nacional de Personerías de Colombia- Fenalper

  25. Red de Iniciativas para la Gobernabilidad, la Democracia y el Desarrollo Territorial (RINDE)

  26. Otro Rumbo Fundación

  27. Consejo Labora

  28. Fundación Artes y Talentos

  29. Fundación Colombia Vive

  30. Fundación Mnemosine Forjando Ciudadanías

  31. Save the Children

  32. Veeduría Ciudadana Nacional de Mujer y Género

  33. Asocompaz Galapa

  34. Asociación de Afrodescendientes Nelson Mandela

  35. Fundación Ambiental Mi Mar – FUNDEMAR

  36. Plataforma Colombia de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo

  Personas:

  1. Albert Hernández Guerra

  2. Alejandra Cárdenas Quintero

  3. Álvaro Venecia Carrillo

  4. Ana Rosa Paez de Salazar

  5. Ana Milena Moreno Quevedo

  6. Andrea Montoya Duque

  7. Ángela María Gómez Vega

  8. Andrés Godoy puentes

  9. Carlos Ernesto Cruz Puentes

  10. Carlos Alberto Gaitán

  11. Carmen Moreno

  12. Carolina Gil

  13. Claudia Suárez

  14. Constanza Magali Guzmán Bonilla

  15. Daniel Aristizabal

  16. Diana Patricia Santana Jiménez

  17. Edgar Alexander Hernández Beltrán

  18. Elena Bustos Rincón

  19. Emeterio Canaval Cordova

  20. Ena Elvira Tous Banquez

  21. Esperanza Lozano

  22. Felipe Cortés

  23. Felipe Alexander Godoy Puentes

  24. German A. Gomez Peñate

  25. Gustavo Adolfo Aragón

  26. Héctor Salvador Rubiano Marquez

  27. Hernando Chindoy Chindoy

  28. Ingrid Gómez Márquez

  29. Jeidi Yasmin Galeano Cobos

  30. Jenniffer Alejandra Lopez Florez

  31. Jessica Yamile Buendia

  32. Jesualdo Arzuaga

  33. Joaquín Gregorio Tovar Barreto

  34. José Sebastián García Villalba

  35. Juanita Londoño Niño

  36. Lina Marcela Castro Ortiz

  37. Luz Claudia Salazar Paz

  38. Luz Marina Puentes Barrera

  39. Manuel Fernando Marin Benjumea

  40. Maria Consuelo Prada Sanabria

  41. María Patricia Navarrete

  42. Mario Rodriguez

  43. Mario Salazar Escobar

  44. Mario Salcedo Sanchez

  45. Matilde Ester Maestre Rivera

  46. Melany Alejandra Chingate Garcia

  47. Miguel O Rodríguez G

  48. Nancy García Escalante

  49. Nombre completo de la persona

  50. Paola Sánchez Cepeda

  51. Paula Andrea Galeano Morales

  52. Rosa Elizabeth Salazar Paez

  53. Sara Alejandra Vargas Núñez

  54. Sergio Iván Jiménez Suárez

  55. Tatiana Carolina Galindo Puentes

  56. Viviana Onela Salazar Paez

  57. William Vargas Castro

  58. Wendy Stefany Ávila López

  59. Yanelis Julio Blanco

  60. Yesica Paola Romero Montalvo

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