El Juzgado 49 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, condenó a 140 meses (6.6 años) de prisión a un falso testigo que actuó contra el almirante ® Gabriel Arango Bacci, cuando ocupaba un alto cargo en la Armada Nacional y se perfilaba como el seguro comandante de esa institución.
La condena le fue impuesta a Eyssin Miguel Mattos Montero, por parte de la Juez, Helena Mateus Morales, al hallarlo como autor penalmente responsable del concurso homogéneo sucesivo de los delitos de falso testimonio, en concurso heterogéneo con fraude procesal, de acuerdo con lo previstos en los artículos 31, 442, 453 y 58- 12, del Código Penal.
Igualmente le impuso una multa equivalente a seiscientos doce (612) salarios mínimos legales mensuales vigentes de multa; y ochenta (80) meses de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, al tiempo que ordenó su captura para que responda por esta actuación contraria a la ley.
La decisión del juez, se derivó del fallo del 3 de diciembre de 2009 de la Corte Suprema de Justicia que absolvió al Almirante Arango Bacci, luego que el falso testigo en cinco oportunidades afirmara ante la Fiscalía General de la Nación la presunta participación de civiles y de personal de la Armada Nacional en conductas criminales, ligadas al narcotráfico, con indebida utilización de cartas de navegación que informaban el posicionamiento de embarcaciones de las autoridades marítimas nacionales y extranjeras, reveladas a narcotraficantes que operaban desde la costa norte de Colombia para movilizar sustancias estupefacientes.
Sin embargo, todas estas mentiras contra Arango Bacci, en su momento terminaron llevándolo a su detención por más de 20 meses, y finalmente fue absuelto de todos los cargos y se ordenó investigar a los falsos testigos, quienes finalmente han sido condenados.
En diciembre del 2020, la Fiscalía General fue hallada responsable por el Consejo de estado por los daños causados al almirante Arango Bacci, y ordenó además de una indemnización, pedirle disculpas al oficial en retiro.
El fallo de la Corte Suprema de Justicia decía en su momento:
En lo que interesa al asunto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia de única instancia del 3 de diciembre de 2009, radicación 31240, absolvió al Contralmirante de la Armada Nacional Gabriel Ernesto Arango Bacci, al concluir que del material probatorio recaudado resultó evidente la inexistencia de los delitos por los cuales fue investigado, acusado y juzgado —concierto para delinquir agravado, revelación de secreto, cohecho propio y prevaricato por omisión—. Que lo testigos de cargo —entre ellos MIGUEL ESYSSIN MATOS MONTERO—faltaron a la verdad en el curso de la actuación judicial, al hacer incriminaciones contra el mencionado, sin sustento en la realidad, a través de las cuales se pretendió exponerlo como colaborador de narcotraficantes; que deponentes falaces como el nombrado —todos incluidos en el programa de protección de testigos de la Fiscalía General de la Nación—, buscaban recibir recompensas de organismos estatales y extranjeros.
Se precisó que, “ese afán de perjudicar al señor Arango Bacci faltando a la verdad, se advierte con mayor intensidad en el testigo MATOS MONTERO, dado su ostensible interés por exaltar su relato, aún en contra de las formalidades del testimonio…”. 2. Aquella investigación penal que concluyó en la absolución del investigado Arango Bacci, a su vez tuvo origen en el informe de Policía Judicial N° 088 del 20 de septiembre de 2006, remitido con oficio N° 422-D8-74851 del 22 de agosto de 2007 por la Fiscalía Octava Especializada de la UNAIM a la Unidad de Fiscalías Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, referente a la presunta participación de civiles y de personal de la Armada Nacional en conductas criminales, ligadas al narcotráfico, con indebida utilización de cartas de navegación que informaban el posicionamiento de embarcaciones de las autoridades marítimas nacionales y extranjeras, reveladas a narcotraficantes que operaban desde la costa norte de Colombia para movilizar sustancias estupefacientes.