El Ministerio de Cultura mediante Resolución 0113 del 4 de marzo de 2022, declaró desierto el proceso de selección abreviada de menor cuantía, cuyo objeto es la intervención, preservación, divulgación y aprovechamiento económico de los bienes que se encuentran en el Galeón San José, hundido en las profundidades del mar Caribe hace muchos años, cerca a Cartagena.
La decisión fue adoptada por la cartera de Cultura, luego de conocerse un pronunciamiento en donde se deja claro que el tesoro del Galeón San José, hace parte de los Bienes de Interés Cultural del Ámbito Nacional, para darle protección integral al hallazgo.
La propuesta de la APP buscaba que parte del tesoro hundido en las profundidades del mar caribe, le fuera entregado en pago por la recuperación del mismo.
Señala la decisión ministerial que contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, este podría ser interpuesto dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación.
En julio de 2020 el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, negó las pretensiones de una tutela que buscaba que el Ministerio de Cultura, y el Instituto Colombiano de Antropología e Historia. ICANH se abstuviera de continuar el trámite del proceso y se ordene a los accionados excluir cualquier posibilidad de celebrar contrato con un privado bajo la modalidad de asociaciones público privadas con el cual se acuerde el pago por un porcentaje de bienes extraídos del contexto arqueológico correspondiente al Galeón San José, o según criterios financieros sobre su valor.
El abogado y veedor Héctor Pérez Fernández, le dijo a Mundo Noticias que recibió con mucha satisfacción este fallo, porque se pretendía cederle el 45% del tesoro a la APP, lo cual a todas luces era inconveniente para el estado colombiano, porque el tesoro valorado en más de 200 billones de pesos, no podía utilizarse como pago de su rescate.
Así mismo manifestó que el tesoro del Galeón San José debe declararse patrimonio de Cartagena y Bolívar, ya que aquí fue donde se dio la batalla y el saqueo de sus tesoros.