Cartagena de Indias, D. T. y C., 12 de junio de 2020. – Mediante el decreto 0667 del 12 de junio, la Alcaldía decretó medidas transitorias de orden público para garantizar la seguridad, la tranquilidad y salubridad pública en la ciudad desde las 12 horas del sábado 13 de junio hasta las 5 de la mañana del martes 16 de junio.
Se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos como calles, plazas, parques, plazoletas, espacios y zonas comunes residenciales.
Asimismo, se prohíbe la distribución, expendio de bebidas embriagantes en cualquier establecimiento de comercio, como tiendas de barrio, supermercados, centros comerciales, grandes superficies y salsametarias, en el mismo horario antes mencionado.
La inspección, control y vigilancia recae sobre los alcaldes locales, Inspectores de Policía, Policía Nacional, y demás autoridades que tengan atribuciones al respeto, de acuerdo a sus competencias.
El que infrinja la medida será multado y al establecimiento comercial se le suspenderá temporalmente la actividad.