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El Escribiente en su laberinto…

Por: Freddy Machado

En la planta de personal de la Rama Judicial, existe un cargo cuyo origen se remonta a los primeros tiempos de la administración de justicia: el Escribiente. Su misión consiste en realizar labores administrativas y por años, el Escribiente se ha encargado de elaborar las actas donde se deja constancia de todo lo ocurrido en el desarrollo de las audiencias. También, como los demás servidores del juzgado (secretario, oficial mayor y sustanciador), el Escribiente se turna para atender a los usuarios.

Y, en el papel, sus tareas -insisto-, son eminentemente administrativas.

En la actualidad se considera que la nominación del cargo está desactualizado y que se debe poner a tono con las necesidades de los nuevos tiempos. Es mejor que se le llame, por ejemplo, profesional universitario o asistente judicial.

Pues bien, muy a pesar de las tareas que le corresponden, desde hace muchos años, a los amigos Escribientes se le exige un mayor compromiso con el juzgado y se les convocan a ponerse la camiseta del “sentido de pertenencia” (criterio que ronda mucho en las oficinas públicas como método de motivación cuando es infrahumana la carga laboral).

Hoy en día es normal que al Escribiente se le encargue “sustanciar” providencias dados los excesos de la congestión judicial y la profesionalización de los juzgados. Lo malo no es que se le impone una mayor carga sino que su salario sigue siendo el mismo.

Es evidente que la judicatura está en mora de elaborar un manual de funciones que regule el tema pero, ante ese vacío, cada juez se ha inventado “su manual” y en el mismo se incluye un artículo de cierre que consagra una especie de labores innominadas: “Y todas las demás tareas que le asigne el juez”.

Los Escribientes que ingresan por concurso no se les hace inducción alguna y cuando se posesionan se les entrega la misma carga del equipo encargado de sustanciar sentencias en el juzgado.

Esa dinámica “todo terreno” del Escribiente, los hace unos servidores imprescindibles en todos los juzgados (civiles, familia, laboral, penal y otros) y además de las labores administrativas, se les imponen metas de naturaleza jurídica, olvidándose que los postulados del Código Laboral nos advierten y enseñan que a igual trabajo igual remuneración. Es decir, si proyecto sentencias como Escribiente se me debe pagar lo mismo que a los sustanciadores.

La pregunta es, cómo corregir esa situación que parece perjudicar los intereses del buen Escribiente? La respuesta es, urge que el Consejo Superior deje de mirar para otro lado y haga viable la promoción. Se debe reglamentar que cada vez que se presente una vacante se tome como primera opción al Escribiente pues su esfuerzo y sacrificio deben ser recompensados. El Escribiente que muestre compromiso e interés en las tareas del juzgado, se le debe promocionar, encargándolo de las vacantes temporales.

La idea no es improvisar en los nombramientos sino premiar al servidor que se sacrifica y muestra mejores habilidades (así sea de un juzgado distinto al de la vacante).

Lo mismo sucede con algunos jueces municipales y del circuito que se jubilan sin que se les permita un ascenso. Es que a la Carrera Judicial no solo se ingresa -lo dice la Constitución- pues también se contempla la promoción y el ascenso.

Vivan los Escribientes!!!
Viva la promoción!!!