• De acuerdo con la dinámica de habilitación, se proyecta que el año cerrará con cerca de 400 mil facturadores electrónicos.
• El próximo 15 de diciembre el sector agropecuario se sumará a facturación electrónica.
• A partir del primero de noviembre de 2020, el tiquete de máquina registradora POS no es un soporte de costos, gastos y, o impuestos descontables.
Bogotá, 3 de noviembre de 2020.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que el 30 de octubre cerró cifras del sistema con 360.896 facturadores electrónicos, lo que implica que superó anticipadamente a los 360.500, que conjuntamente con la Presidencia de la República y el Departamento Nacional de Planeación (DNP) se había trazado para culminar la vigencia 2020.
En tan sólo catorce (14) meses el país alcanzó un nivel importante de masificación de la factura electrónica, un tiempo record comparado con otros países de la región que les llevó muchos años, o incluso, siguen en proceso de lograrlo.
La DIAN resaltó el cumplimiento que en general han mostrado los diferentes sectores económicos para atender el cronograma establecido para tal fin, que llevó a muchos responsables a la implementación anticipada.
La meta proyectada por la entidad corresponde a la estimación del número de responsables a facturar electrónicamente, de acuerdo con la información de declaraciones y otras fuentes que tiene a su disposición la DIAN, y que de acuerdo al comportamiento y dinámica presentada hasta el momento, podría cerrar el año con cerca de 400.000 facturadores electrónicos.
La Resolución 0042 de 2020, en concordancia con la Ley 2010 de 2019, estableció un calendario de implementación de la factura electrónica, programación realizada de acuerdo a estudios socioeconómicos adelantados durante el primer trimestre del año en curso, por lo que se dejó para el primero de noviembre a los sectores más afectados por la emergencia sanitaria.
De igual forma, tal como lo establece la Resolución 000099 del 30 de octubre de 2020, el próximo 15 de diciembre de 2020 se sumará el sector agropecuario como el último que debe cumplir con esta responsabilidad, momento en el cual toda factura que circule en el territorio nacional deberá ser Factura Electrónica, únicamente en casos excepcionales como inconvenientes tecnológicos, el facturador electrónico está autorizado para entregar factura en modalidad de talonario o papel.
Los documentos equivalentes como las boletas de cine, espectáculos, peajes, entre otros, siguen vigentes coexistiendo con la factura electrónica, hasta que una regulación establezca algo diferente.
El documento equivalente POS, a partir del primero de noviembre de 2020 no sirve como soporte de costos, gastos e impuestos descontables para ser llevados en las declaraciones tributarias, para estos casos, debe exigirse factura electrónica.
La Factura Electrónica seguirá demostrando los beneficios que ha traído para la reactivación económica y la formalización del comercio.