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Las directrices buscan acelerar y fortalecer las investigaciones homicidios, intimidaciones у otras agresiones vinculadas con el ejercicio de su labor informativa.
La Fiscalía General de la Nación expidió la Resolución 00119 de 2026, la cual establece lineamientos para orientar la investigación de los crímenes y amenazas cometidos contra periodistas, comunicadores sociales y trabajadores de medios de comunicación. Esta decisión fortalece la respuesta institucional respecto a las agresiones contra la prensa, al incorporar estándares más rigurosos, oportunos y con enfoque diferencial, en reconocimiento del papel esencial que cumple el periodismo en la sociedad.
Las expresiones de violencia contra periodistas, además de afectar a las víctimas de manera individual, impactan directamente el derecho a la libertad de expresión, el acceso a la información y el debate público.
En ese sentido, el acto administrativo dispone que las investigaciones deben desarrollarse con una comprensión amplia del contexto, considerando tanto la agresión sufrida por el periodista como los hechos que este venía denunciando o verificando en ejercicio de su labor, con el fin de identificar posibles móviles relacionados con censura o retaliación por poner en evidencia intereses ilícitos.
La Resolución 00119 de 2026, fija un estándar de debida diligencia reforzada para que los fiscales actúen con celeridad, de manera exhaustiva y con rigor técnico, evitando dilaciones injustificadas y garantizando la recolección, preservación y análisis integral de las pruebas.
Asimismo, introduce medidas específicas para casos que impliquen riesgo actual o inminente para la vida, la integridad o el ejercicio periodístico, en los que se deberá priorizar la protección de la víctima, la verificación inmediata del riesgo y la activación de mecanismos de protección o que prevengan nuevas agresiones.
De igual manera, incorpora un enfoque diferencial que permite reconocer la condición de periodista a partir del ejercicio real de la labor informativa, sin exigir acreditaciones formales, incluyendo a quienes desarrollan su trabajo en entornos digitales. Con esta perspectiva, cada caso será analizado teniendo en cuenta el posible efecto de amedrentamiento o autocensura, así como su impacto en la circulación de información de interés público.
En materia operativa, se fortalecen los procesos de recepción, registro y enrutamiento de denuncias, con el propósito de garantizar una adecuada identificación de la condición de la víctima y del nexo entre los hechos denunciados y su actividad periodística. Igualmente, se promueve la articulación entre las distintas dependencias y direcciones especializadas de la entidad, facilitando el intercambio de información, el análisis conjunto de los casos y la identificación de patrones criminales, y así evitar la fragmentación de las investigaciones y mejorar la efectividad en la respuesta.
De manera complementaria, fija un canal permanente de interlocución con organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de la libertad de prensa, lo que permitirá fortalecer la prevención, el acompañamiento a las víctimas y la obtención de información relevante para las investigaciones. También se prevé la puesta en marcha de planes de capacitación dirigidos a fiscales y servidores encargados de la recepción de denuncias.
Esta información se publica por razones de interés general.