Ley que crea Fondo pro Cartagena 500 años es constitucional: Corte
La creación misma del Fondo persigue un fin constitucional legítimo, erradicar la pobreza extrema: Corte Constitucional
Cartagena 1 de junio del 2020. A través de un comunicado de prensa la Corte Constitucional informó que tras estudiar la ley 2038 que crea el fondo para superar la miseria en Cartagena encuentra que «la creación misma del Fondo persigue un fin constitucional legítimo, erradicar la pobreza extrema» y la declara exequible.
Así mismo la Corte declaró la exequibilidad condicionada al artículo 9 sobre el plazo de seis meses para la reglamentación de esta norma por parte del ejecutivo, “en el entendido que el Presidente de la República puede ejercer su función por fuera de este plazo”.
Precisó que el Fondo materializa fines esenciales del Estado como el mejoramiento de la calidad de vida de su población y la promoción de la prosperidad general.
Consideró que «la ley no impone un mandato de destinación de recursos distritales o departamentales al Fondo, sino que provee un instrumento de movilización y ejecución de los recursos de diversas fuentes para la solución de problemas sociales en Cartagena». Y además, «tampoco tiene la posibilidad de sustituir los planes de desarrollo territoriales sino que tiene que armonizarse con estos».
Para el senador Fernando Nicolás Araújo autor de la iniciativa este es el mejor regalo que puede recibir hoy la ciudad. «Que bonita coincidencia, hoy que Cartagena está de cumpleaños recibe esta gran noticia. El Fondo además de ser constitucional persigue un propósito superior que nos debe unir a todos y es superar la miseria».
Así mismo, dijo que tras la crisis ocasionada por la pandemia la ciudad tiene 100 mil personas en condición de miseria y que seguirá trabajando por superar la pobreza extrema porque es su propósito de vida. «Ahora esperamos la reglamentación del Fondo para que éste, como un instrumento permita hacer las inversiones que se requieren para superar la miseria».