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Con comorbilidades propias de la edad, lejos de su tierra y con una crítica situación económica a cuestas, Rodrigo de Jesús Parias Muriel, un antioqueño de 62 años, espera que un fondo de pensiones le devuelva los saldos de pensión por vejez que cotizó durante 14 años cuando trabajó para diferentes empresas en Colombia.
Desde Estados Unidos, con un sinfín de emociones, batalla para que Colfondos acceda a sus pretensiones y no dilate más el reembolso del dinero que se ganó a pulso.
La espera y la ansiedad que ello representa le han pasado factura a su salud, lo que ha desdibujado la idea de disfrutar tranquilo y como merece su vejez.
Un caso complejo
El drama inició el 4 abril de este 2023, cuando solicitó a dicho fondo privado la devolución de los recursos aportados, recibiendo una negativa y asegurando que debe esperar el pago del bono pensional por parte del Ejército, otorgado por haber prestado el servicio militar.
La respuesta, asegura Rodrigo, lo obligó a interponer el 8 de agosto de 2023 una acción de tutela tras considerar que se le están vulnerando sus derechos al mínimo vital, seguridad social, protección de personas en debilidad manifiesta y dignidad, entre otros.
En un fallo de primera instancia, el Juzgado Segundo Administrativo de Cartagena resolvió amparar parcialmente sus derechos fundamentales. La decisión fue impugnada y en una segunda instancia, el 21 de septiembre de 2023, la Sala de Decisión N°3 del Tribunal Administrativo de Bolívar pidió que se le devuelva en un término no mayor a 15 días hábiles lo cotizado.
Pero Don Rodrigo no se quedó con los brazos cruzados e interpuso un incidente de desacato, el cual le dio vía libre el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito, por el presunto incumplimiento de la sentencia de tutela.
Ordenó un día de arresto y el pago de 3 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) contra el representante legal de Colfondos. Sin embargo, la respuesta a sus derechos pensionales aún no llega.
¿Qué dicen los involucrados?
Mediante comunicación por correo electrónico, Colfondos le informó al antioqueño que debía remitir los soportes de la prestación del servicio militar, el tiempo y copia de la libreta militar, documentos que fueron enviados en su totalidad. Esto para iniciar el proceso del pago del bono pensional, y no la devolución de saldos.
Por su parte, el Ministerio de Defensa respondió que «para el trámite de reconocimiento y pago de los bonos pensionales corresponde a las entidades administradoras adelantar dicho proceso por cuenta del afiliado, de conformidad con la Ley 100 de 1993 y el Artículo 48
del Decreto No. 1748 de 1995, modificado por el Decreto No. 1513 de 1998».
No sabe si le alcance la vida
Entre tanto, Don Rodrigo sigue perplejo, con la vida en pausa, con el cuerpo en Estados Unidos, pero el alma en Colombia. Con la respiración suspendida, esperando que un milagro la abra.
Con la voz entrecortada señala que no sabe si le alcance la vida para el bono pensional, por lo dispendioso del trámite. Por eso, pide a gritos la devolución de saldos.
Con los bolsillos raídos y sin la certeza de que llegará el dinero a su cuenta bancaria, no pierde la esperanza de que pronto cambie su suerte y la de su familia.