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La Secretaría de Educación distrital le solicitó a los rectores de las institutciones educativas oficiales de Cartagena, acogerse a la medida de “Prohibición del transporte de menores de 10 años como pasajeros de motocicletas», atendiendo un oficio de la Procuraduría comprometida con la promoción de los Derechos Humanos y la seguridad de los niños, niñas y adolescentes,
A través de una directriz del Alexander Montes Miranda, Coordinador Administrativo de Calidad Educativa de lña SDecretaría de Educación, se indica que las IE deberán realizar campañas de sensibilización y educación en seguridad vial dirigidas a padres de familias, sobre los riesgos que implica transportar a menores en motocicletas, generando conciencia y responsabilidad sobre la protección y cuidado de la vida.
Cartagena de Indias D.T. y C., jueves, 29 de mayo de 2025
Para: RECTORES, PSICOSOCIALES Y COORDINADORES DE UNALDE DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DISTRITO DE CARTAGENA DEINDIAS.
De: ALEXANDER MONTES MIRANDA- DIRECTOR ADMINSITRATIVO CALIDAD EDUCATIVA
Fecha: 29 DE MAYO DE 2025
Asunto: PROHIBICIÓN DEL TRANSPORTE DE MENORES DE 10 AÑOS COMO PASAJEROS DE MOTOCICLETA.
Cordial saludo,
La Procuraduría General de la Nación en su oficio de referencia 0095-2025 del 7 mayo de 2025, comprometida con la promoción de los Derechos Humanos y la seguridad de los niños, niñas y adolescentes, emite a todas las entidades públicas y privadas, la solicitud de presentar acciones preventivas en lo concerniente a la PROHIBICIÓN DEL TRANSPORTE DE MENORES DE 10 AÑOS COMO PASAJEROS DE MOTOCICLETA, MEDIDA PARA SALVAGUARDAD LA SEGURIDAD VIAL INFANTIL.
En cumplimiento de lo anterior, la Dirección Administrativa de Calidad Educativa de la Secretaria de Educación Distrital, desde su proyecto transversal Escuela Generadora de Bienestar en las Instituciones Educativas del distrito de Cartagena, sugiere algunas acciones preventivas que pueden ser implementadas por las instituciones educativas con el objetivo de garantizar la seguridad vial y proteger la integridad física de la población infantil menor de 10 años:
1. Solicitud expresa a las Instituciones educativas de acogerse a la medida de “Prohibición del transporte de menores de 10 años como pasajeros de motocicleta
2. Las Instituciones educativas deberán realizar campañas de sensibilización y educación en seguridad vial dirigidas a padres de familias, sobre los riesgos que implica transportar a menores en motocicletas, generando conciencia y responsabilidad sobre la protección y cuidado de la vida.
3. Definir y organizar estrategias para acompañar el control y la vigilancia en el ingreso y salida de los estudiantes, que permitan identificar aquellos casos donde se presente el traslado de menores en motocicletas.
4. Implementar estrategias de responsabilidad social con padres de familias-cuidadores y la asociación de padres relacionadas con la medida.
Agradecemos la atención brindada y la gestión como siempre en estos procesos de bienestar para la comunidad educativa.
Atentamente,
ALEXANDER MONTES MIRANDA
Director Administrativo Calidad Educativa