La alcaldía de Cartagena mediante Decreto 0866 del 7 de junio de 2022 restringió el horario de funcionamiento de los establecimientos de comercio que expendan, distribuyan o se consuman bebidas embriagantes por el término de un año, entre las 10 p.m. y las 12 m. del día siguiente, los días domingos y lunes, en aquellos barrios donde más se han registrado homicidios y lesiones personales.
Así mismo dispuso en esos más de 150 barrios y sectores de Cartagena, prohibir por el término de tres meses, la realización de cualquier tipo de baile con pick up o cualquier otra clase de artefactos de amplificación sonora, para eventos privados o públicos.
La determinación se adoptó atendiendo las estadísticas entregadas por la Policía Metropolitana de Cartagena, donde se reflejan una mayor tasa de homicidios en los barrios Olaya Herrera, El Pozón, Pasacaballos, La Esperanza, La Candelaria, San Fernando, San Francisco, Nelson Mandela, San Pedro Mártir, La Boquilla, El Campestre, San José de los Campanos, Albornoz, España, Bruselas y Torices, entre otros.
El Decreto establece que las Alcaldías Locales se abstendrán de otorgar permisos de extensión de horarios a los establecimientos de comercio durante los días domingos y lunes en los barrios anunciados.
Se indica en el mencionado decreto que la Policía hará cumplir esta norma.
Según la Alcaldía de Cartagena, los barrios con