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Revolución Molecular y Reforma a la Justicia

Por Freddy Machado.

El tema de los centros de servicios en la Rama Judicial se ha convertido en un asunto de honor tanto para Asonal Judicial como para el Consejo Superior de la Judicatura. Las primeras y más firmes resistencias a este modelo de gestión, estuvieron a cargo de los judiciales del Edificio Hernando Morales Molina en Bogotá. Esa gesta la lideró Luis Orlando Chinchilla (QEPD), quien dejó un recuerdo perenne de qué es capacidad de lucha y jerarquía sindical.

Bueno, pero esta introducción, exige que se le explique al lector, por qué a los judiciales no nos gustan los centros de servicios y cuál es la queja y la molestia respecto a semejante engendro.

Pues bien, la Ley Estatutaria de la Justicia consagra que la célula básica de la Rama Judicial son los juzgados. No dijo, los centros de servicios. La Ley Estatutaria, curiosamente, no los contempla. Entonces queda claro que los juzgados son “la joya de la corona” y que sabrá Dios porque se le apuesta a un modelo de gestión atípico.

Es que con oficinas de apoyo, nos basta y sobra.

Es fácil advertir que si la demanda de justicia corresponde a un 350% y si la capacidad de respuesta estatal a duras penas corresponde a un 25%, la “caja no cuadra” y lo que hacen falta son más juzgados.

El juzgado, insisto, no ha fracasado como modelo de gestión. Un juzgado tiene una mecánica y una dinámica sobresaliente y es la mejor escuela para una labor de trabajo en equipo. Es una escuela donde se ingresa como Notificador y se puede ascender. Sin embargo, volviendo al juzgado, la excesiva sobrecarga o congestión de procesos, le resta potencia e impide que la célula básica se luzca y ejerza a plenitud.

El Consejo Superior de la Judicatura, inteligentemente, a la usanza de Arquímedes, encontró ese cómodo “Eureka” y se las jugaron con eso de que es imprescindible aliviar la carga de los jueces para que se dediquen en exclusiva a atender sus asuntos jurídicos. Fácil: las labores administrativas se le encargarían a los “centros de servicios”.

Y, resuelto el asunto, el Consejo Superior de la Judicatura ganaba con los centros de servicios. En efecto, ganaba en burocracia pues la Constitución de 1991 no facultó a los gerentes de la justicia como nominadores y ahora, por arte de iniciativa legislativa, “legalizan” semejante potestad.

Los centros de servicios, para quienes no los conocen, son unas secretarías comunes con unos 50, 100, 150 y hasta 200 servidores. Entre otras funciones, su misión es atención al usuario, recepcionar documentos, manejo de títulos judiciales, administrar las salas de audiencias, archivar procesos y notificar actuaciones,

El juzgado tipo, como lo conocemos hoy, no puede perder su vigencia. Ellos se integran por: el Juez, el Secretario, el Oficial Mayor, los Escribiente y el Notificador. Que hay que modernizar los cargos conforme los adelantos de la informática, acepto. En la práctica, el desfase se presenta por el exceso de carga laboral y se hace impresentable un juzgado con 1.000, 3.000 y 5.000 procesos, cuando la cifra razonable de procesos no pasa de unos 120 o 150 expedientes.

Lo peor es que el centro de servicios propicia duplicidad de funciones pues lo que se recibe en la secretaría común, debe llevarse a los juzgados. A largo plazo, con tantos superpoderes concedidos en el proyecto de reforma a la justicia que en la actualidad se tramita en el Congreso, los servidores de esos centros podrían ser contratados mediante contratos de prestación de servicios con el pretexto de que no tienen funciones judiciales.

Esto sería un riesgo. Menos trabajo decente y más precarización.

El peor daño se le hizo a la justicia penal por la Judicatura. Sin tener servidores suficientes para conformar la planta de personal del embeleco de los centros de servicios, le arrebataron a tres de sus empleados (2 Escribientes y el Notificador). Esas células básicas quedaron reducidas a la mitad de sus servidores y el juzgado perdió capacidad de respuesta pues con la mitad de la nómina siguieron cumpliendo con tan excesiva carga laboral.

Señor lector, en el Congreso, por estos días, se adelanta con trámite de urgencia, un proyecto de Reforma a la Justicia. El Consejo Superior de la Judicatura está feliz pues se aprobó por la Cámara de representantes y va camino rumbo al Senado. Por fin serán legítimos los centros de servicios y como ya se dijo, la Judicatura tendrá superpoderes y más burocracia.

Cuál ave fénix…Súper fénix reforzado.

Total: no existe evidencia que con los centros de servicio se mejora la gestión o que haya más celeridad en el trámite judicial. Lo que sí es cierto es que la salud mental de los servidores se ha venido desmejorando con la sobrecarga laboral.

En fin, el ciudadano exigiendo más jueces y juzgados, para consolidar un mejor acceso a la justicia y la oferta son más centros de servicios. Larga vida a los juzgados por ser la célula de la administración de justicia y nuestro abierto rechazo al Consejo Superior por la revolución molecular de los centros de servicios.