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Supernotariado dispone medidas para atención al público en oficinas de registro y notarías

Bogotá, 17 de marzo de 2020. Atendiendo a la situación de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional, la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) adoptó medidas para la prestación del servicio en las 907 notarias y 195 Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) del país.

Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos

La SNR fijo un horario especial de atención al público en las ORIP, que será de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Durante la jornada el número de usuarios presentes no podrá ser superior a diez, en las oficinas principales; ni a cinco, en las seccionales.

Adicionalmente, queda prohibido la utilización de los quioscos o las máquinas agilizadoras que  están en algunas ORIP.

Para la expedición de certificados de tradición, los usuarios podrán continuar accediendo al servicio por medio de la página snrbotondepago.gov.co.

Los registradores de instrumentos públicos deberán garantizar la prestación del servicio en el horario de atención fijado y deberán tomar las medidas necesarias para garantizar que el número de usuarios no supere lo dispuesto.

Notarías

En las notarías del país se autorizó la prestación del servicio, de lunes a viernes, en tres turnos: 8:00 a.m-1:00 p.m., 10:00 a.m-3:00 p.m y de 1:00 p.m-6:00 p.m.

Cada notario podrá escoger el horario de acuerdo con las necesidades de su municipio o ciudad.

Así mismo, los notarios que lo consideren pertinente podrán solicitar la suspensión del servicio público en aquellas regiones donde aumenten los casos de COVID-19.

En las clínicas y hospitales queda suspendido el servicio, así como diligencias a domicilio, que excepcionalmente podrán prestarse a las personas mayores de 60 años cuando el notario pueda verificar que no hayan ingresado a Colombia provenientes de países con casos confirmados de COVID-19 o que no se encuentren en aislamiento preventivo.

La SNR también adoptó algunas medidas transitorias de prevención para estos despachos, entre ellas está, por ejemplo, que los notarios mayores de 60 años podrán prestar el servicio a través de un encargado.

Se invita a los ciudadanos a utilizar los medios electrónicos y tecnológicos disponibles en algunos servicios, con el fin de evitar el desplazamiento a estos lugares.

Para mayor información ingrese a: www.supernotariado.gov.co

Foto cortesía: www.viviendocali.com