El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena le ordenó al Alcalde Mayor de Cartagena William Dau Chamat, retractarse y pedir disculpas a los directivos de la Universidad de Cartagena a quienes tildó de “corruptos y nido de ratas”.
En un fallo, la juez Nohora García Pacheco, tuteló los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre de quienes conforman el Consejo Directivo del Alma Mater, a quienes el pasado 31 de julio de 2020, el Alcalde Dau Chamat, se refirió en esos términos.
La decisión judicial revoca un fallo que en principio había negado la vulneración de estos derechos por parte del mandatario distrital, a quien le dan tres días de plazo para que retire de sus redes sociales la publicación que hizo, además deberá retractarse públicamente en un medio de comunicación pidiendo disculpas por lanzar opiniones de ese talante sin sustento alguno, en contra del buen nombre y honra de los accionantes en calidad de personal directivo de la Universidad de Cartagena.
La juez, tampoco accedió a la pretensión de retrataciones públicas en rueda de prensa por parte del Accionado William Dau Chamatt, teniendo en cuenta la parte motiva de esta sentencia.
La acción de tutela fue promovida por JOSEFINA DEL CARMEN QUINTERO LYONS Rectora Delegada para la Representación Administrativa de la Universidad de Cartagena y actual Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional, WILLIAM MALKUN CASTILLEJO Rector Delegado para la Contratación Administrativa de la Universidad de Cartagena y actual Vicerrectora de Extensión y Proyección Social, GASPAR EDUARDO PALACIO MENDOZA Vicerrector Administrativo, FEDERICO ALBERTO GALLEGO VASQUEZ Vicerrector de Docencia Universitaria, LUISA LEONOR AREVALO TOVAR Vicerrectora de Aseguramiento de la Calidad y MIGUEL ENRIQUE CAMACHO MANJARRES Vicerrector de Bienestar Universitario como parte del cuerpo directivo de la Universidad de Cartagena.
En la tutela manifestaron lo siguiente:
Que dicho calificativo es injurioso, calumnioso y denigrante de la dignidad humana no solo del señor Rector de la U de C, sino de todo el personal administrativo, docente y estudiantil de su “Alma Mater”, afirma que desconocen el trasfondo de cualquier naturaleza que haya motivado al Accionado a expresar un insulto tan grave en contra de la universidad de Cartagena en General.
RESUELVE:
PRIMERO: REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Segundo Civil Municipal de Cartagena, de fecha 7 de julio de 2020, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, en su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre de los Sres. JOSEFINA DEL CARMEN QUINTERO LYONS Rectora Delegada para la Representación Administrativa de la Universidad de Cartagena y actual Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional, WILLIAM MALKUN CASTILLEJO Rector Delegado para la Contratación Administrativa de la Universidad de Cartagena y actual Vicerrectora de Extensión y Proyección Social, GASPAR EDUARDO PALACIO MENDOZA Vicerrector Administrativo, FEDERICO ALBERTO GALLEGO VASQUEZ Vicerrector de Docencia Universitaria, LUISA LEONOR AREVALO TOVAR Vicerrectora de Aseguramiento de la Calidad y MIGUEL ENRIQUE CAMACHO MANJARRES Vicerrector de Bienestar Universitario como parte del cuerpo directivo de la Universidad de Cartagena.
SEGUNDO: ORDENAR al Sr. WILLIAM DAU CHAMAT, Alcalde Mayor de Cartagena, a que si aún no lo ha hecho, retire en el término de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia de su cuenta “let´s save cartagena” de Facebook las publicaciones del día 31 de julio de 2020 en los cuales tilda al cuerpo administrativo de la Universidad de Cartagena como “UN NIDO DE RATAS, CORRUPTOS”.
TERCERO: ORDENAR al Sr. WILLIAM DAU CHAMAT, a que si aún no lo ha hecho, en el término de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia realice una publicación en un medio de comunicación del mismo alcance pidiendo disculpas por lanzar opiniones de ese talante sin sustento alguno, en contra del buen nombre y honra de los accionantes en calidad de personal directivo de la Universidad de Cartagena.
CUARTO: NO SE ACCEDE a la pretensión de retrataciones públicas en rueda de prensa por parte del Accionado William Dau Chamatt, teniendo en cuenta la parte motiva de esta sentencia.
QUINTO: NOTIFÍQUESE este fallo por el medio más eficaz y remítase el presente expediente a la Corte H. Constitucional para su eventual revisión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
NOHORA GARCÍA PACHECO
JUEZ