Las agencias que incumplan las medidas bioseguras podrán ser sancionadas con multas o el cierre del establecimiento.
Cartagena de Indias, D. T. y C., 16 de diciembre de 2020. Mediante Decreto 1546 del 7 de diciembre de 2020, la Alcaldía Mayor autorizó la prestación del servicio turístico en los vehículos tipo buses abiertos, chivas o escaleras turísticas y buses escalonados (citysightseeing), en el marco de la reactivación del Centro Histórico de Cartagena.
De acuerdo con lo decretado, podrá transitar un vehículo por empresa o agencia de turismo por un periodo de evaluación de 30 días, a partir de la publicación del presente acto administrativo, y/o hasta que termine la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus COVID-19.
La reactivación de la prestación del servicio turístico en los vehículos tipo buses abiertos, chivas o escaleras turísticas y buses escalonados (citysightseeing), estará sujeta al cumplimiento los protocolos de bioseguridad establecidos en la Resolución 0666 del 24 de abril de 2020 y 1537 del 2 de septiembre de 2020.
De acuerdo con el director (e), Janer Galván, “Cada empresa o agencia de turismo deberá allegar al Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, la programación de los vehículos para su aprobación, como quedó establecido en las mesas de trabajo con representantes de este gremio y la Corporación de Turismo Cartagena de Indias, Corpoturismo, donde fueron definidas las recomendaciones, dando estricto cumplimiento al protocolo de bioseguridad para el sector Transporte, establecido en la Resolución 1537 de 2020”.
Capacidad
Limitar al cincuenta por ciento (50%), la ocupación máxima de los vehículos tipo buses abiertos chivas o escaleras turísticas y buses escalonados (citysightseeing), sujeto a los protocolos de bioseguridad aplicables en el marco de la emergencia sanitaria, conservando el distanciamiento social y evitando las aglomeraciones, para prevenir el contagio y propagación del virus COVID-19.
Bioseguridad y controles
– Serán adoptados los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, en el anexo técnico de la Resolución 1537 de 2020.
– Las zonas de estacionamiento deberán contar con puntos de toma de temperatura corporal y puntos de desinfección; así mismo, se deberán adoptar las siguientes medidas en todos los vehículos:
Abrir las puertas de vehículo y permitir que se ventile durante un par de minutos antes de iniciar cada servicio.
Retirar de los vehículos elementos susceptibles de contaminación como alfombras, tapetes, bayetillas o toallas de tela de uso permanente, entre otros que puedan albergar material particulado.
Asear el vehículo con agua y jabón y desinfectar con regularidad las superficies y partes de la cabina de la siguiente manera: iniciar la limpieza mediante la remoción de polvo y suciedad con un paño limpio y húmedo. Continuar aplicando.
Aplicar desinfectante en todas las superficies con las que se tiene contacto. Con una toalla desechable limpiar todas esas superficies, hacer esta actividad con guantes, los cuales deben ser de caucho o normales para actividades de aseo, atendiendo lo previsto en el numeral 3 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, respecto de las medidas de bioseguridad, en lo que corresponda.
Conductor y pasajeros deben utilizar el tapabocas de manera permanente y mantener una distancia de por lo menos dos metros entre personas.
Lavar las manos con agua y jabón de manera frecuente o desinfectarlas con alcohol glicerinado, mínimo al 60%.
Mantener un recipiente o contenedor de basura y bolsas para residuos ordinarios, toallas de papel o desechables, al menos un recipiente don alcohol glicerinado, mínimo al 60% y un recipiente con gel desinfectante.
Ante el requerimiento por parte de las autoridades en la vía, el conductor deberá entregar los documentos solicitados y mantener una distancia mínima de dos metros. Una vez le regresen los documentos, deberá realizar el lavado de manos con agua y jabón, de no ser posible efectuar la desinfección con alcohol glicerinado, mínimo al 60% o toallas desinfectantes.
Al utilizar el tapabocas, tener en cuenta que la autoridad puede solicitarle el retiro de este para hacer un reconocimiento facial.
Realizar la higiene de manos antes y después del uso de los elementos de protección personal.
Después de los recorridos
Al culminar el recorrido, se debe asear el vehículo con agua y jabón, desinfectar todas las partes don las cuales las personas han tenido contacto.
Si se utilizan guantes desechables o de trabajo para manipular dinero, documentos, sobres, mercancías, entre otros, se deben aplicar las medidas de higiene de manos antes y después del uso de los guantes.
Los guantes desechables, deben disponerse en doble bolsa para residuos ordinarios y los guantes de trabajo deben ser lavados y desinfectados después de su uso.
El uso de guantes desechables o de trabajo no remplazan el lavado frecuente de manos.
Prohibir el consumo de alimentos y bebidas en los vehículos tipo buses abiertos chivas o escaleras turísticas y buses escalonados (citysightseeing).
Permítase en las zonas de estacionamiento, máximo 2 vehículos.