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Por desacato a tutela dos días de arresto contra el alcalde de Cartagena William Dau

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El Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena impuso hoy arresto de dos días y una multa de dos salarios mínimos legales al alcalde de Cartagena William Dau Chamat, por desacato a una tutela.

Así lo dio a conocer en su cuenta de Twitter el exalcalde de Cartagena Pedrito Pereira Caballero, quien le ganó un nuevo round a Dau Chamat, al ordenar el juzgado que incurrió en desacato al no certificar la supuesta privatización del DATT en Cartagena, que habría dejada plasmada, antes de dejar el cargo el 31 de diciembre de 2019.

Pereira Caballero en su red social escribió lo siguiente: “La mentira, es un acto deshonesto y corrupto , hoy el juz.1 mun penal , se ve obligado a sancionar a nuestra autoridad dtal, por negarse a cumplir fallo judicial de tutela que ordenó, certificar sobre la supuesta privatización del Datt el 31 de dic /19, que necesidad de esto?”.

El fallo dice textualmente:

R E S U E L V E

PRIMERO: DECLARAR EN DESACATO al señor WILLIAM DAU CHAMAT en su calidad DE ALCALDE MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS, por incumplimiento de la orden impartida en el fallo de tutela de fecha 25 de junio de 2020, proferido por este Juzgado dentro de la acción de tutela promovida por el señor PEDRITO PEREIRA CABALLERO contra la ALCALDIA MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS. Por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia. En consecuencia, SE LE IMPONE al señor WILLIAM DAU CHAMAT, identificado con la cédula de ciudadanía No. 9079552, la sanción de arresto de dos (02) días multa de dos (02) salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo anterior de conformidad con las razones plasmadas en la parte motiva de este proveído.

SEGUNDO: REQUERIR enérgicamente al señor WILLIAM DAU CHAMAT en su calidad de ALCALDE MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS, para que proceda de manera inmediata, sin dilación alguna a dar cumplimiento al fallo de tutela de fecha 25 de junio de 2020, proferido por este Estrado Judicial.

TERCERO: Envíese el expediente al JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA correspondiente, a través del Centro de Servicios Judiciales, a fin de que surta el trámite de consulta de esta decisión.

CUARTO: Comuníquese esta decisión a las partes por el medio más expedito.

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