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Vivienda a mujeres víctimas de violencia extrema es una realidad!

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A sanción presidencial pasa el proyecto de ley que prioriza a víctimas de violencia de género extrema para acceder a subsidios de vivienda

Bogotá, 24 de noviembre de 2021 Por unanimidad fue aprobado en último debate por la plenaria de la Cámara el proyecto de ley que priorizará el acceso a los programas de vivienda a las mujeres que han sido víctimas de violencia extrema.

“En esta semana que se conmemora la lucha de la violencia contra la mujer, qué mejor mensaje para las víctimas de violencia de género, que desde el Congreso se legisle para protegerlas y garantizarles su bienestar, a partir del acceso a una vivienda propia donde ellas puedan desarrollar su proyecto de vida libre de violencia”, afirmó la senadora Nadia Blel, autora del proyecto.

En el mismo sentido, el representante a la Cámara Faber Alberto Muñoz, coordinador ponente del proyecto agradeció a la plenaria por el voto unánime a favor esta importante iniciativa que permite que las mujeres tengan la posibilidad de denunciar las agresiones sin el miedo de quedar en la calle, porque el Estado las va a priorizar para obtener un subsidio de vivienda.

“Esta prioridad en el subsidio les va a dar la oportunidad de alejarse de esa violencia y tener un techo donde brindarle seguridad no solo a ella sino también a su familia” indicó el Representante.

La iniciativa, una vez sancionada por el Presidente de la República, modificará el artículo 12 de la ley 1537 de 2012, al incluir un criterio de priorización adicional para las mujeres que son y han sido víctimas de violencia extrema y que requieran o hayan requerido una medida de atención.

Esta ley, que adquiere una gran importancia en estos momentos debido a que la pandemia aumentó las cifras de violencia doméstica y de género al reforzarse el aislamiento de miles de mujeres en un mismo espacio con su agresor, responde también al llamado la Corte Constitucional, la cual pidió al Congreso a adoptar decisiones con enfoque diferenciado dirigido a proteger a las mujeres víctimas de acciones que les causen sufrimiento físico, sexual, psicológico, patrimonial , excesivo, grave e irreparable por su condición de género.

Asimismo, serán beneficiarias de esta prioridad las mujeres víctimas de lesiones tan graves como los ataques con agentes químicos y en general todos aquellos maltratos que dejen secuelas permanentes como deformidades físicas o incapacidades médicas superiores a 30 días.

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