Este documento deroga el Plan Nacional de Contingencia que fue adoptado por el Decreto 321 en el año 1999.
– El instrumento articula los roles y las responsabilidades de las empresas en la industria de hidrocarburos y que manipulan y transportan sustancias químicas; así como de las autoridades territoriales y nacionales en los sectores minero energético, ambiental, de defensa, entre otros.
– El PNC destaca a la DIMAR y los Bomberos de Colombia como las entidades relacionadas con el manejo de materiales y mercancías peligrosas en las actividades marítimas y continentales.
– La invitación del Gobierno Nacional es a que, frente a estos escenarios de riesgo, la industria y las autoridades locales implementen y ajusten sus respectivos Planes de Gestión del Riesgo, los planes de contingencia y las estrategias de respuesta.
Bogotá, 28 de diciembre de 2021 . Mediante el Decreto Presidencial 1868 de 2021, el Gobierno del presidente Iván Duque, adoptó un nuevo Plan Nacional de Contingencia frente a pérdidas de contención de hidrocarburos y otras sustancias peligrosas, un documento técnico y administrativo que establece el marco de actuación de preparación y respuesta nacional para la atención de incidentes u otras sustancias peligrosas en áreas marítimas, continentales, insulares y fluviales del país.
Este instrumento de planificación construido mediante una articulación multisectorial y el liderazgo del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), es un elemento de la política ambiental y de gestión del riesgo de desastres en Colombia, que define las responsabilidades de las entidades que intervienen en las operaciones de respuesta, provee un sistema de información para facilitar la toma de decisiones y define los protocolos operativos para la atención de este tipo de incidentes.
De acuerdo con el director de la UNGRD, este nuevo Plan Nacional de Contingencia (PNC), articula el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres con el Sistema Nacional Ambiental, y se acomoda a la estructura organizacional y otros componentes del SNGRD definidos en la Ley 1523 de 2012. También contempla el progreso que ha tenido el país con las actividades socioeconómicas asociadas a hidrocarburos y otras sustancias químicas:
“Se espera que en los próximos años aumente la actividad industrial, así como de exploración y explotación de gas y petróleo en el territorio colombiano; por eso con este nuevo instrumento, se busca orientar a las empresas para que proyecten sus planes de emergencia y de contingencia desde el análisis específico de los riesgos que puedan representar estas actividades económicas”, destacó Eduardo José González, director de la UNGRD.
Con la entrada en vigencia de este PNC, el cual se acopla al artículo 42 de la Ley 1523 de 2012 y su decreto reglamentario 2157 de 2017, es necesario que las empresas públicas y privadas a cargo de las actividades económicas que puedan representar riesgo por pérdida de contención de hidrocarburos o sustancias peligrosas (empresas petroleras nacionales y multinacionales, de transporte y almacenamiento de químicos e incluso actividades mineras, así como las operaciones de transporte, e incluso las instancias de dirección, orientación y coordinación que hacen parte e integran el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, contempladas en los artículos 8°, 9° y 15 de la Ley 1523 de 2012), a realizar su Plan de Gestión de Riesgo empresarial:
“La invitación es para que la industria involucrada en estos escenarios de riesgo y las autoridades lo implementen y ajusten sus respectivos Planes de Gestión del Riesgo y específicamente sus planes de contingencia”, precisó Eduardo José González, destacando además que este también es un instrumento que demanda que las autoridades territoriales (alcaldes, gobernadores y Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo) lo contemplen en sus propios instrumentos de planificación:
“Además de las responsabilidades de las entidades públicas y privadas, alcaldes y gobernadores como líderes de la Gestión del Riesgo de Desastres en sus municipios y departamentos, también deben tener en cuenta el PNC para la actualización de sus Planes Territoriales de Gestión del Riesgo y Estrategias para la Respuesta a Emergencias”, aclaró el director de la UNGRD.
La estructuración de este nuevo Plan Nacional de Contingencia está alineada con la normatividad internacional, específicamente frente a la regulación de actividades marítimas y en el ámbito internacional, este documento permite fortalecer e implementar acuerdos binacionales e internacionales de cooperación para atender los incidentes transfronterizos por pérdida de contención de hidrocarburos u otras sustancias peligrosas.
Es importante resaltar que el PNC fue elaborado por el Comité de Trabajo Interinstitucional para el Planteamiento de la Actualización del PNC (Integrado mediante Resolución UNGRD No. 0262 del 8 de marzo de 2016) y aprobado por el Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo el pasado 10 de diciembre, y contó con la contribución técnica de entidades como el Ministerio de Minas y Energía, Ministerio de Defensa Nacional, Armada Nacional, Dirección General Marítima (DIMAR), Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Transporte, Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), Dirección Nacional de Bomberos de Colombia (DNBC) y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
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Foto cortesía: elespectador.com