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No existen pruebas que sustenten responsabilidad fiscal: Alcalde Dau

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En audiencia de descargos realizada de forma virtual, el alcalde, William Dau Chamat, solicitó la nulidad del proceso de responsabilidad fiscal que adelanta la Contraloría General de la República en su contra y la de otros exfuncionarios, por el presunto pago de gastos de representación, proceso que ya había sido anulado por el ente de control.

El alcalde William Dau, pidió la nulidad de todo lo actuado por la Contraloría General de la Nación, incluyendo el auto de apertura del proceso, ya que existen serias irregularidades que afectan el debido proceso de manera sustancial en violación del Artículo 36 de la ley 610.

Dicho artículo establece que “son causales de nulidad en el proceso de responsabilidad fiscal la falta de competencia del funcionario para conocer y fallar; la violación del derecho de defensa del implicado; o la comprobada existencia de irregularidades sustanciales que afecten el debido proceso”.

En consideración del Alcalde Distrital, es una irregularidad sustancial haber abierto este proceso sin ninguna prueba adicional después de haber anulado la decisión tomada por la Contraloría Distrital bajo el mismo fundamento, indicó Dau Chamat.

Es de resaltar que la investigación fiscal inició en el año 2021, cuando la Contraloría Distrital ordenó embargar las cuentas personales del alcalde William Dau y de 42 de sus funcionarios y exservidores públicos de la Alcaldía. Luego, por solicitud del mandatario, este proceso pasó a competencia de la Contraloría General de la República, que luego, en el auto 079 de 2022 anula todo lo hecho por la Contraloría Distrital por no existir pruebas que sustenten que hubo un daño patrimonial, pese a esto, la Contraloría General abrió nuevamente la investigación que previamente había sido anulada sin adicionar ninguna prueba distinta a las que se practicado por la Contraloría Distrital.

“El mayor temor que tengo con este proceso es que lleguen a archivarlo sin tener la oportunidad de demostrar que los órganos de control constituyen la columna dorsal de la corrupción en Colombia. La Contraloría General en el auto 079 de 2022 anula todo lo hecho por la Contraloría Distrital y ¿Qué dice cuando lo anula?, dice aquí, hasta la fecha de hoy, no existe ninguna prueba que pueda sustentar que hubo un daño, luego, sin llegar una nueva prueba, ni una nueva pieza procesal, me abren nuevamente la investigación, y no solo abren la investigación, sino que revive lo que ya habían anulado, sino que vuelven a aplicar los embargos de los sueldos”, explicó Dau Chamat.
Ante esto, el mandatario local precisó que se trata de una persecución de parte del ente de control.

“¿Por qué pienso que esto es una persecución?, porque los mismos hechos que versan sobre este proceso, fueron objetos de un hallazgo y auditoria de la misma Contraloría Distrital donde miraron los pagos y gastos de representación del año 2018. En el año 2019, al anterior alcalde, Pedrito Pereira, le hicieron un hallazgo y le dijeron corríjalo, él no lo corrigió. Cuando entró mi administración en el 2020, respondió al hallazgo con un plan de mejoramiento. ¿Por qué el anterior alcalde no quedó imputado?, porque el anterior alcalde fue contrato para trabajar en la Contraloría General de la Republica”, indicó.

Además de lo expuesto, el alcalde coadyudó las dos causales de nulidad interpuestas por el abogado de Martha Carvajal, que consisten en haberse proferido decisión y haberse tramitado el proceso sin competencia y por irregularidades que afectan el debido proceso.

En ese mismo sentido, el abogado defensor del mandatario, Jorge Iván Acuña, solicitó la revocatoria de la providencia de 9 de marzo de 2022, a través de la cual la Contraloría General decretó el embargo del 25% del salario de Dau Chamat y los demás imputados del proceso de responsabilidad fiscal, ya que esta viola el numeral séptimo de ese artículo 41 del decreto ley 610 del 2000.

Dicho artículo indica que el “Decreto de las medidas cautelares a que hubiere lugar, las cuales deberán hacerse efectivas antes de la notificación del auto de apertura a los presuntos responsables”, sin embargo, el ente de control fiscal decretó las medidas cautelares posterior al auto de apertura del proceso, es decir, violando uno de los requisitos de legalidad dispuestos en el artículo 41 del decreto ley 610 del 2000.

“Mediante auto del 16 febrero 2022 la Contraloría General ordenó abrir proceso de responsabilidad fiscal y en la parte resolutiva manifestó lo siguiente: ordenar la búsqueda de bienes de los implicados. Luego, el despacho mediante providencia de 9 de marzo de 2022 decretó el embargo del 25% de los imputados fiscalmente, violando el numeral séptimo del artículo 41 del Decreto Ley 610, pues no podía decretarse una medida cautelar después del auto de imputación fiscal. La medida cautelar se tomó por fuera del auto de apertura, por eso, solicito revocar esa providencia, porque no cumple con el requisito de legalidad”, explicó el abogado Acuña.

El defensor del alcalde explicó que “esto da pie a solicitar la revocatoria ante la falta del debido proceso y cómo debe hacerse un proceso como este. Aquí lo que se ordenó, cuando debía decretarse la medida cautelar, fue la búsqueda del daño patrimonial. La actuación (el embargo) fue indebida, extemporánea e ilegal, por lo que pedimos la revocatoria por incumplimiento legal y la devolución de los dineros ilegalmente retenidos”.

Tras acoger las solicitudes del alcalde Dau y de los demás imputados del proceso de responsabilidad fiscal, fue aplazada la diligencia y se retomará el miércoles 27 de abril a las 10 a.m. a través de la plataforma Teams, donde la Contraloría continuará con los descargos y responderá las solicitudes de los imputados y sus abogados.

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