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Acción de cumplimiento para impedir circulación de carros eléctricos en Cartagena

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Con una acción de cumplimiento el abogado Joaquín Torres, busca que un juez de la república impida la circulación de carros eléctricos que están prestando servicio público de transporte ilegal en Cartagena.

El jurista quien defiende a los cocheros tradicionales de la ciudad, le dijo Mundo Noticias que actualmente en la ciudad 13 carruajes eléctricos, prestan el servicio de transporte, lo cual a su juicio, es absolutamente ilegal, no cuentan con ningún permiso del transito.

Explicó que no entiende cómo pese a una expresa prohibición estos vehículos siguen circulando en la ciudad e inclusive se promocionan en redes sociales y dan números de teléfonos a los cuales pueden solicitar los servicios y realizar reservas.

En Cartagena no puede continuar esa mala costumbre que algunas personas se encuentran por encima de la ley y como las autoridades son permisivas terminan haciendo lo que les viene en gana.

Añadió que a ello se suma, el anuncio del comediante Alejandro Riaño, de traer a Cartagena varios vehículos eléctricos para prestar el servicio de coches turísticos.

PRETENSIONES:
Pido se ordene al DIRECTOR del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRÀNSITO Y TRANSPORTE DE CARTAGENA:
PRIMERO: Se sirva dar cumplimiento al artículo 131, ordinal D, de la ley 769 de 2002, procediendo a inmovilizar todos y cada uno de los vehículos de motor eléctrico que están prestando servicio público de transporte a personas en el centro histórico de Cartagena de Indias.
SEGUNDO: Imponer el comparendo procedente a cada una de las personas que estén conduciendo estos automotores eléctricos al momento de la inmovilización.
PRUEBA DE LA RENUENCIA:
El día 02 de febrero de 2022, radiqué petición escrita al DIRECTOR del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRÀNSITO Y TRANSPORTE DE CARTAGENA, para que dé cumplimiento a la norma citada en las pretensiones de
esta acción.

En efecto de lo anterior, hasta tanto no se obtenga el concepto técnico de aclaración solicitado, no se permitirá la circulación y prestación de servicio de transporte de pasajeros de turismo en el Centro Histórico de Cartagena de Indias ni en el resto de la ciudad, mediante los vehículos eléctricos objeto de la petición.

Estos vehículos han continuado prestando el servicio de transporte turístico por las vías del centro histórico de Cartagena, sin que tenga conocimiento que el accionado haya inmovilizado o impuesto comparendos o aplicado sanciones a los infractores, motivo por el cual está demostrada la renuencia.

HECHOS:
1) Establece el artículo
ARTÍCULO 134. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Los organismos de tránsito conocerán de las faltas ocurridas dentro del territorio de su jurisdicción, así: Las inspecciones de tránsito o quienes hagan sus veces en única instancia de las infracciones sancionadas con multas de hasta veinte (20) salarios, y en primera instancia de las infracciones sancionadas con multas superiores a veinte (20) salarios mínimos diarios legales vigentes o las sancionadas con suspensión o cancelación de la licencia para conducir, siendo la segunda instancia su superior jerárquico.

2) Desde hace varios meses, a la vista de todas y cada una de las autoridades de Tránsito de Cartagena de Indias, circulan por el centro histórico automóviles eléctricos – construidos simulando un coche -, que prestan servicio público de transporte turístico, con capacidad de movilizar más de dos personas al tiempo.

3) Este servicio de transporte viene siendo promocionado masivamente a través de internet en páginas como @valetdeplaya en Instagram, indicando que tienen una sede constituida en la calle 10 No.30-78, Getsemaní y suministran teléfonos de contacto (3022383441-3046364578) para que los clientes reserven el servicio.
Desconozco los nombres e identificación de las personas que promocionan este servicio público de transporte, o que conducen los citados automóviles.

4) Soy una persona convencida de la necesidad de que se reemplace por vehículos impulsados por caballos o por electricidad la movilidad pública en vehículos impulsados por combustible fósil, pero sin desconocer que todo sistema de transporte y aún más el público debe cumplir con las homologaciones, licencias, amparos de seguros y legislación que eviten, en la medida de lo posible los accidentes, o que garanticen atención y reparación a los usuarios en caso de siniestros.

5) Aún cuando el accionado me asegura que ha inmovilizado algunos vehículos e impuesto comparendos a los infractores, estos vehículos continúan siendo movilizados todos los días por las calles del centro histórico de Cartagena, a la vista del accionado, sin que haya sido impedida efectivamente su ilegal movilización, así como la ilegal prestación del servicio público.

6) Pareciera que este tipo de irregulares conductas de tránsito se han venido volviendo mala costumbre en Cartagena de Indias, hasta el punto que, según informó el diario El Universal de Cartagena de Indias el día 06 de julio de 2022 en su página electrónica www.eluniversal.com.co, el comediante colombiano ALEJANDRO JOSÈ RIAÑO PADILLA, está probando por vías de alto tráfico de la localidad de Suba en Bogotá D.C. un artesanal coche eléctrico y anunció a la opinión pública, lo siguiente:
El actor alista una rendición de cuentas de todo el proyecto y la posterior entrega de este coche a la ciudad. “Una vez lo prenda, será simplemente enviarlo a Cartagena y pedir muchísimo respeto porque hay unas personas a las que les hemos estado pagando mensualmente y que van a trabajar con este coche porque se arriesgaron a creer en este nuevo modelo”.

7) Esto indica que el personaje de reconocimiento nacional pretende en pocos días implantar un sistema de transporte público turístico en Cartagena de Indias muy similar al que es motivo de esta acción constitucional, posiblemente violando la normatividad de tránsito, sin que las autoridades competentes actúen efectivamente
y sin importar que la actual Secretaria del Interior de Cartagena de Indias, doña ANA MARÌA GONZÀLEZ, sobre este nuevo ilegal sistema de transporte turístico expresó, (según publicación del diario El Universal en su página web el 05 de julio de 2022):
… el gobierno de William Dau “tiene una postura de cuidar a los animales”, pero dejó claro que existe una responsabilidad con la ley. “La única forma de hacer ese intercambio es que los cocheros lo quieran”.
Nuestra responsabilidad también es cumplir la ley, estas personas (los cocheros) y este tipo de vehículos están cobijados por leyes vigentes que les permiten circular”.
Según explicó González hay tres pasos claves para este proceso: homologación del vehículo, gestionar los recursos y la voluntad de los cocheros.

8) La acción de cumplimiento es la única acción judicial posible con la que cuento para lograr el cumplimiento por parte del DIRECTOR del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRÀNSITO Y TRANSPORTE DE CARTAGENA, a la norma ya citada.

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