Cartagena de Indias, 4 de enero de 2020. El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, emitió el Decreto 0018 del 03 de enero de 2020 que mantiene la medida restrictiva de circulación de motocicletas en la ciudad de Cartagena.
El decreto, firmado por el alcalde William Dau Chamatt cobija motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con pedaleo asistido y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 en los horarios de 05:00 am a 11:00 pm.
El nuevo decreto mantiene la medida de “viernes sin motos”, correspondientes al segundo y último viernes de cada mes, así como también mantiene la restricción a las motocicletas de placa pares de manera que sólo puedan transitar en días pares y las de placas impares sólo puedan transitar en los días impares. La medida de viernes sin moto rige durante todo el día.
De estas medidas, el Decreto exceptúa a los miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, personal de entidades estatales, de organismos de socorro, escoltas, personal de seguridad privada, empresas de mensajería y mensajeros vinculados por contratos de trabajo, siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones y porten carné original.
Así mismo se mantiene la restricción en el ingreso y circulación de motocicletas al Centro Amurallado de la ciudad y al barrio Getsemaní.
De esta última medida, además del personal de la fuerza pública, autoridades de tránsito, personal de entidades estatales, de organismos de socorro, escoltas, personal de seguridad privada, están exceptuado los notificadores de juzgados, los conductores de motos de propiedad y al servicio de las empresas de servicio público domiciliario, restaurantes y droguerías siempre y cuando estén debidamente identificados con su carné original, quienes a su vez deberán solicitar un permiso al DATT.
El Decreto permite la circulación de motos a la altura del monumento de la India Catalina, avenida Luis Carlos López, en el Centro, siempre y cuando se mantengan en movimiento hacia el Puente Heredia, es decir, bajo ninguna circunstancia pueden estacionarse.
La nueva norma prohíbe el estacionamiento de motocicletas en parqueaderos de las edificaciones de uso público, tales como bancos, estaciones de gasolina, clubes, entidades públicas y en todas las vías del Distrito.